COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Mientras los hechos de inseguridad se instalan con fuerza en distintos puntos de la provincia, con una creciente preocupación en ciudades como Comodoro Rivadavia y Trelew, la Legislatura podría ser caja de resonancia en los próximos días a partir del proyecto de reforma al Código Procesal Penal que impulsa el diputado Eduardo Conde (bloque Cambiemos) y que propone discutir nuevamente los criterios para la aplicación de la prisión preventiva, además de los plazos de duración de procesos, que en muchos casos han posibilitado el crecimiento de la impunidad en graves hechos delictivios.

Entre los fundamentos del proyecto, se expresa que sin dejar de reconocer los pactos internacionales a los que adhirió el país y garantizan derechos a los imputados, “tampoco podemos evitar reconocer que durante la vigencia del actual Código Procesal, el particularmente beneficiado por el modelo vigente es quien comete el delito o quien se presume comitente de un delito, en desmedro del interés social y colectivo”.

Uno de los aspectos en lo que se propone la reforma es en el artículo 221, respecto del “Peligro de fuga” que el juez debe considerar ante un imputado en un hecho delictivo. El proyecto propone que, para analizar ese riesgo, se deberá considerar especialmente el tipo de hecho y la pena que podría afrontar como resultado del proceso. Se establece así que ante un delito con pena de 8 años o más, se debería presumir la existencia de peligro de fuga, dictaminando así la prisión preventiva hasta la conclusión del juicio.

El proyecto no lo menciona porque es anterior, pero vale agregar un ejemplo práctico en el que podría aplicarse el criterio arriba mencionado: esto sería aplicable al homicidio de Anahí Copa, ya que uno de los dos condenados gozaba de libertad hasta el momento de la sentencia a 12 años de prisión; y podría mantener ese beneficio hasta que la condena quede firme (luego del largo trámite de una doble revisión por el que debe atravesar) si no fuera porque fue detenido en otro hecho delictivo, protagonizando un ataque con arma de fuego en un domicilio de barrio Laprida (es decir, otro delito por abuso de armas o tentativa de homicidio). Con la reforma en estudio, la expectativa de pena de 8 años o más de prisión significaría esperar todo ese proceso en condición de detenido.

“El juez ponderará especialmente el número de delitos que se le imputaren, el carácter de los mismos, la existencia de procesos pendientes, el hecho de encontrarse sujeto a alguna medida cautelar personal, la existencia de condenas anteriores y la alta probabilidad de que el imputado se vincule a otro u otros procedimientos en la misma calidad”.

También se proponen cambios en los criterios para considerar el “Entorpecimiento” de la investigación a la hora de dictaminar la prisión preventiva: para ello, se tendrá en cuenta especialmente “la grave sospecha de que el imputado: destruirá, modificará, ocultará, suprimirá o falsificará elementos de prueba; influirá para que coimputados, testigos o peritos informen falsamente o se comporten de manera desleal o reticente; ejercerá intimidación por sí o a través de terceros, sobre la víctima y testigos. El empleo de violencia o el concurso de dos o más personas para cometer el hecho imputado hacen presumir la existencia de este supuesto”.

Además, otra reforma es la ampliación de los plazos para la investigación: la etapa preparatoria se extiende 6 meses a 18 meses; mientras que la duración total del proceso podrá tener un plazo de 8 años –a excepción de los delitos imprescriptibles-, pudiéndose reabrir una causa luego de que a los 3 años sin indicios, el fiscal fundara su archivo. Además, se propone excluir de la consideración de plazos los tiempos que conllevan apelaciones y situaciones de fuga del imputado.

“Una sociedad que ha vivido un régimen despótico seguramente estará dispuesta a privilegiar la libertad por encima de la seguridad –señala otro de os fundamentos del proyecto-. Por el contrario cuando la sociedad vive inmersa en un escenario de violencia e inseguridad, la seguridad adquirirá entonces una preponderancia distinta”.

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