COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Por el ilícito acontecido el pasado 23 de junio pasado, cuando tres individuos tiraron abajo la puerta de una vivienda con fines de robo,  se desarrolló la mañana del viernes en sede de los tribunales penales ordinarios la audiencia de control de detención y apertura de la investigación que tiene como coimputados a Ariel Soto y Matías Ibanosky. La fiscal requirió se les formalice el hecho en base a la calificación legal de “robo doblemente agravado por ser cometido con arma, en poblado y en banda” y se establezca la prisión preventiva de ellos; en tanto que la defensa que no se formalice y la libertad de ambos. Finalmente la jueza penal resolvió declarar legal la detención de Soto e Ivanosky ya que la misma fue realizada en flagrancia calificó el hecho como “robo doblemente agravado por ser cometido con arma blanca, en poblado y en banda”, y resolvió la prisión preventiva de ambos por diez días en base a la gravedad del hecho y los peligros procesales de fuga y entorpecimiento.

El acto fue presidido por Mariel Suárez, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Cecilia Codina, fiscal general; en tanto que la defensa de los imputados fue ejercida por Cristina Sadino y Vanesa Vera, abogadas de la Defensa Pública.

En un primer momento, luego de las presentaciones de las partes, la fiscal se refirió brevemente al hecho a investigar cuando el pasado 23 de junio del corriente, en horas de la madrugada, cuando Soto e Ivanosky, junto a una tercera persona femenina aun no identificada, y previo patear la puerta, ingresan violentamente al domicilio de la víctima. Rocían a la damnificada con una bebida y esgrimiendo un cuchillo preguntan “donde estaba Cachete”, también se apoderan de un teléfono celular.

Personal policial es anoticiado del suceso, llegan inmediatamente al lugar y divisan tres personas dentro de la morada, forcejeando con la víctima. Al darse cuenta de la presencia policial los imputados huyen y dos de ellos, Soto e Ivanosky, son detenidos a pocos metros del lugar. Calificando provisoriamente el suceso como “robo doblemente agravado por ser cometido con arma blanca, en poblado y en banda”, en calidad de coautores.

Codina asimismo solicitó se declare legal su detención ya que fue realizada en flagrancia, “huyeron, arrojaron el arma, se produce una persecución y los detienen a una cuadra y media del lugar del hecho”, aseguró la fiscal. Por último requirió la prisión preventiva de ambos por 10 días en base a los elementos de convicción suficientes existentes para acreditar con probabilidad la autoría de Soto e Ivanosky en el ilícito investigado. Fundó el pedido en los peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación y también en la gravedad del hecho y la violencia desplegada.

Seguidamente se escuchó la palabra del imputado Soto que accedió voluntariamente a declarar. “No entiendo porque lo del robo del celular si yo trabajo y no necesito robar”. Aseguró que fue pareja de la víctima y que no entró por la fuerza sino que golpeó la puerta y preguntó por Cachete y que nunca amenazó con un cuchillo. “Estaba en mi casa cuando llega el patrullero, salgo a ver qué pasa y me detienen”.

La defensa por su parte cuestionó la plataforma fáctica y la calificación legal del hecho. En su declaración mi defendido refiere que entraron preguntando por una persona y se desdibuja el delito contra la propiedad que se le quiere enrostrar. Por ello consideró que no se podría abrir la investigación en relación al robo. A su criterio sería una violación de domicilio y la detención de ambos es ilegal, atendiendo a los dichos de Soto, no estaba en el lugar del hecho. Respecto a la medida de coerción argumentó que rige el principio de inocencia y que se debe transitar el proceso en libertad.

Finalmente la jueza penal resolvió declarar legal la detención de Soto e Ivanosky ya que la misma fue realizada en flagrancia. En base a los elementos de convicción suficiente y la calificación legal del hecho, “robo doblemente agravado por ser cometido con arma blanca, en poblado y en banda”, decidió formalizar la apertura de investigación preparatoria, dando por anoticiados del hecho y la calificación legal que se les imputa, y por asegurada su defensa técnica. Resolviendo finalmente la prisión preventiva de ambos por diez días en base a la gravedad del hecho y los peligros procesales de fuga y entorpecimiento. Asegurando que la medida de coerción solicitada no atenta contra el principio de inocencia.

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