En un caso único en la historia, una diputada debió presentar un recurso de amparo que le fue concedido por la justicia, para conocer el detalle de las decisiones sobre recategorizaciones e ingreso de personal del mismo Poder Legislativo que ella integra.

La medida fue ordenada por el juez de la Cámara de Apelaciones, Marcelo Peral, ante el pedido de la diputada radical Andrea Aguilera, quien argumenta que el presidente de la comisión paritaria -el titular de Apel, Ángel Sierra- se niega a darle el anexo del acta paritaria con los nombres del personal recategorizado y futuros ingresos a la planta de la Legislatura.

El dato marca una previa caliente de la última sesión prevista para este jueves 30 por parte de la actual integración de la Cámara que asumió hace cuatro años, ya que el 9 de diciembre asumirá la nueva integración de 27 legisladores electos el 30 de julio.

La polémica por los ingresos y recategorizaciones, en medio de rumores y versiones de todo tipo, y ante un enorme secreto de estado sobre el detalle de nombres y apellidos, fue el motivo por el que se suspendieron las dos últimas sesiones ordinarias y que demoraron todo el trabajo de la transición de gobierno, ya que no tomaron estado parlamentario ni el Presupuesto 2024, ni la ley de autorización para repago de la deuda en dólares.

Las últimas suspensiones de sesiones ni siquiera fueron explicadas por parte de las actuales autoridades, y motivaron una conferencia de prensa del gobernador electo, Ignacio Torres, el vicegobernador electo, Gustavo Menna, y los diputados que asumirán por Juntos por el Cambio, denunciando intentos de acomodo y extorsiones.

Las distintas versiones indican que este jueves estaría garantizada la sesión, pero se desconoce si se hará votar a la Cámara un acta paritaria que la gran mayoría desconoce, ya que no es pública, y que está en medio de un proceso judicial con una orden judicial enviada en primer término al Poder Ejecutivo para que sea comunicada a la Cámara.

Lo increíble de la situación es que la diputada Aguilera en primer lugar buscó acceder al detalle del acuerdo paritario a través de la Ley de Libre Acceso a la Información, y recibió por respuesta del vicegobernador Ricardo Sastre que él no tenía el acta, y de parte de Sierra, con una respuesta parcial con el texto del acuerdo, pero sin el anexo con los nombres.

Amparo

El amparo de Aguilera junto al abogado Victoriano Parodi solicita a la justicia “se ordene la entrega, en el término perentorio a fijar en la sentencia, de copia íntegra del acta paritaria correspondiente al último acuerdo paritario de fecha 08 de noviembre de 2023, con todos sus anexos y partes integrantes”.

Se basa “en la ley I N° 156, la que garantiza el libre acceso a las fuentes oficiales de información de los actos de gobierno y como dicha ley en su artículo 7 establece que ante la denegación expresa o tácita por parte del funcionario responsable de brindar la información el afectado podrá interponer acción de amparo en los términos de la Ley V Nº 84”.

En el ámbito local, el libre acceso a las fuentes oficiales de información de los actos de gobierno y su publicidad “se encuentra regulado en la Ley I N° 156 (antes Ley N° 3764) que establece el derecho de todo habitante a acceder a dicha información respecto de los actos legislativos, administrativos y jurisdiccionales del Estado Provincial y las Corporaciones Municipales”.

Por lo tanto es “deber de todo funcionario público, de cualquiera de los Poderes del Estado Provincial o Municipal, facilitar el acceso personal y directo a la documentación y antecedentes que se le requieran y que se encuentren bajo su jurisdicción o tramitación, lo que deberá ser efectivamente cumplido dentro del plazo de 5 días hábiles de formulado el requerimiento por cualquier medio, incluso verbal agregando que, en caso de haberse requerido un informe escrito relacionado con la identificación de fuentes de información pública, el funcionario responsable deberá expedirse dentro del plazo de 10 días hábiles de haberse efectuado la solicitud (arts. 2 y 3)”.

Se explica que el 23 de noviembre, desde la Presidencia se respondió que “no contaba con el Acta Paritaria cuya copia era requerida refiriendo que la misma se encontraba en poder de la Comisión Paritaria Permanente”. Luego el Presidente de la Comisión Paritaria Permanente, Ángel Sierra “con fecha 24 de noviembre de 2023, respondió de manera incompleta, acompañando una foja del Acta en la que consta la existencia de un Anexo 1 obrante adjunto, el que no fue acompañado”.

Aguilera sostiene que se verifica un supuesto de “denegatoria tácita”, por ser “incompleta la información suministrada, dado que se omitió “un documento esencial como es el Anexo I del acta paritaria, en el que constaban las modificaciones escalafonarias, recategorizaciones y supuestas incorporaciones a planta de personal”.

Por lo tanto, el juez Peral resolvió que “corresponde admitir la tramitación de la acción de amparo. En consecuencia, la acción promovida debe declararse preliminarmente admisible (art. 7 ley V N° 84)” y corrió traslado de la demanda y su documental al Gobernador de la Provincia del Chubut y al Fiscal de Estado y a la Legislatura de Chubut, “en los términos del art. 8 de la Ley V N° 84, por el plazo de 5 (cinco) días a fin de que conteste la misma, bajo el apercibimiento previsto en el citado artículo”.

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