Con el proyecto de ley ya ingresado en el Congreso de la Nación, comenzaron los cálculos para determinar a partir de qué salarios volverán a tributar el impuesto, ahora denominado a ‘los ingresos personales’.

El contador Gerardo Pérez Coyul explicó a ADNSUR los alcances de la nueva normativa, en caso de que el proyecto se apruebe tal como está, que restituye el tributo a los salarios luego de la exención de los últimos 3 meses, cuando había sido eliminado por una ley que impulsó el entonces ministro Sergio Massa.

El proyecto obviamente desató la polémica, ya que los gremios se expresaron fuertemente en contra de que se vuelva a restituir el impuesto, lo que fue argumentado por el gobierno de Javier Milei sobe la base de que “lo pidieron los gobernadores”, en referencia al monto que dejarían de recibir las provincias.

Pérez Coyul admitió que el tema, más allá de la cuestión técnica, está atravesado por la discusión política:

Foto: Radio del Mar
Foto: Radio del Mar

“Fue dificultoso encontrar la información técnica -aclaró en principio-, porque incluso en páginas profesionales hay consideraciones político-ideológicas, en algo que es una cuestión principalmente técnica. El proyecto siempre refiere a otros artículos de otra ley, lo que significa un trabajo muy intenso para determinar con claridad de qué hablamos. Más aun cuando venimos planteando que la ley ha tenido sucesivos parches y siempre hay que remitirse a otras normas para saber cuál es la que está vigente”, comentó.

DESPARECE EL “PISO”, PERO AHORA SE EMPIEZA A PAGAR DESDE ESCALAS MÁS BAJAS

Una primera consideración que formuló el profesional local es que el proyecto de ley deja de lado el sistema que se aplicaba en los últimos años, por el que el gobierno fijaba un “piso” a partir del cual los salarios quedaban exentos, mientras que ahora se vuelve al esquema original de la norma, que establece un mínimo no imponible, que será actualizado cada 3 meses, en base a la inflación medida por el IPC.

“Una de las consecuencias del sistema anterior, en el que se fijaba el piso, es que los salarios alcanzados por el impuesto, al superar ese límite eran alcanzados por las alícuotas más altas, del 29% al 35%, mientras que ahora se vuelve a la progresividad, porque se empieza a pagar desde las alícuotas del 3 ó 5%, que son las más bajas”.

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Como ejemplo, hay que recordar que hasta agosto pasado el “piso” era para salarios del orden de los 700.000 pesos mensuales, pero al superar ese límite, el trabajador alcanzado por empezaba pagando con las alícuotas altas, lo que significaba descuentos de 40.000 ó 50.000 pesos, según refirió el contador Coyul.

“Ahora, un aspecto positivo sería que al empezar tributando en las primeras escalas, el aporte empieza con montos mucho más bajos, de 3.000 ó 4.000 pesos mensuales”, comparó.

Uno de los aspectos negativos, aclaró, sin embargo, es que en el proyecto no se actualizan las deducciones generales, que permiten al trabajador deducir gastos en educación o de otro tipo, como sepelios, ya que esos ítems quedaron con valores desactualizados, de cuando se aprobó la ley 20 años atrás. Este es un aspecto que tal vez los legisladores nacionales incluyan en la discusión sobre el proyecto.

Sí se actualizan, aclaró el contador, las deducciones por cónyuge e hijos, lo que se mantiene hasta cumplido los 18 años, ya que luego de esa etapa no se puede computar como deducción.

SE MANTIENE EL COEFICIENTE ZONAL, ¿A PARTIR DE QUÉ MONTO PAGARÍAN LOS TRABAJADORES PATAGÓNICOS?

El contador Coyul advirtió también que de la lectura del proyecto de ley no surge que haya cambios en lo inherente a la consideración del coeficiente por zona desfavorable que rige ne la Patagonia, lo que significa que se eleva el mínimo no imponible para trabajadores de esta región.

Al trazar las proyecciones sobre sueldos netos, es decir el monto que el trabajador recibe en su bolsillo luego de los descuentos de ley, el profesional precisó dos escenarios, tanto para el mercado laboral nacional como para la región patagónica en particular.

A nivel general, precisó que el impuesto comenzaría a tributarse, para el caso de un trabajador soltero sin hijos, en un monto del orden de $1.141.000, mientras para que un empleado casado, con dos hijos, el monto proyectable sería a partir de $1.509.000.

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“Si a esto le sumamos el coeficiente zonal del 22% -añadió Përez Coyul-, entonces los valores serían de $1.392.000 de bolsillo para el trabajador soltero y de $1.841.000 para el casado con dos hijos, comenzando a pagar, una vez superados esos montos, sobre las alícuotas más bajas, que se aplican sobre la diferencia una vez que se supera ese monto”. Obviamente, las alícuotas se van elevando a medida que el monto salarial es más alto, llegando hasta el 35% para salarios que hoy se ubican en el orden de los 14 millones de pesos.

Por otra parte, ante las dudas planteadas en torno a la posible retroactividad del impuesto, ya que el nuevo proyecto elimina la ley creada en octubre del año pasado y retrotrae la aplicación del sistema a esa etapa del año, Pérez Coyul indicó que “con los nuevos montos actualizados, serían casos muy especiales los que eventualmente tendrían que pagar algo sobre ese período, pero no afectaría a casi nadie”.

Algo que sí podría ocurrir, con un impacto fuertemente negativo, es que, en caso de aprobarse la ley, el trámite legislativo y la promulgación hasta la puesta en vigencia por parte de AFIP podría determinar una demora en el tiempo, por lo que, estimó el contador, podría darse el caso de que recién en el mes de marzo se realice la aplicación del tributo correspondiente a los meses de enero y febrero, lo que significaría un cimbronazo fuerte en los salarios de ese mes.  

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