COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Una pareja demandó por daño moral a una mujer de Comodoro Rivadavia que los llamaba a altas horas de la madrugada para insultarlos y amenazarlos. La culpable se comunicaba desde la ciudad petrolera hasta la estancia de Pico Truncado, Santa Cruz, donde vivían. La conducta de la demandada no es casual: está divorciada del hombre afectado y en cada llamada, le hablaba muy mal de su nueva novia. De mujer a mujer, quien llamaba ahora deberá pagarle 10 mil pesos a la pareja de su ex, con intereses a contar desde noviembre de 2009. Lo decidió la Sala B de la Cámara de Apelaciones comodorense.

El señor W.B.S. y la señora S.V.C. reclamaron una indemnización por los perjuicios que dijeron que les causaba la conducta de la demandada, señora C.I.Y. “Eran reiterados llamados telefónicos, algunos de ellos en horas de la madrugada, en cuyo marco profería insultos y amenazas”.

Estas comunicaciones tenían origen en el número de teléfono de línea fija de la condenada, y eran dirigidos al teléfono, también de línea fija, que posee la pareja en su domicilio, ubicado en la zona rural.

Al inicio del proceso, la demandada negó las imputaciones aunque reconoció que efectuaba “esporádicas llamadas” al teléfono de su ex. “Era para referirse a temas vinculados a los hijos, habiendo formulado algún comentario inocente respecto de la persona de la Sra. C., actual pareja del Sr. S., quien no la atendía cortésmente”. También admitió que alguna que otra vez los llamó de madrugada, pero no para molestar sino según su excusa, “preocupada ante una situación en la que no daba con el paradero de uno de sus hijos en la ciudad de Buenos Aires”.

La Cámara coincidió con las pruebas que valoró el fallo de primera instancia, que incluyeron declaraciones testimoniales y una pericia psicológica que demostró el mal efecto de las llamadas sobre C., la nueva pareja del hombre.

TESTIGOS

Hubo testigos que escucharon personalmente los insultos por el altavoz del teléfono. La demandada se quejó ante los jueces al decir que esos testigos eran amigos de la pareja que la demandó y hasta puso en duda que en el campo pudieran tener altavoz.

“De la pericia surge claramente el daño provocado a la Sra. C., el que se encuentra identificado, dimensionado y, como si esto fuera poco, determinado en su origen”, explica la sentencia, que recuerda que la demandada no negó que hubo llamados, y que se probó que provocaron daño.

Los camaristas Graciela Mercedes García Blanco y Ricardo Rubén Enrique Hayes consideraron acreditado que hubo al menos nueve llamados desde Comodoro hasta la estancia santacruceña. Uno de los testigos “vio la reacción de sufrimiento de la actora, quien era perturbada por la demandada reaccionando físicamente, con llantos, haciéndole soportar lo que la ley no manda”.

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