COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR / Escuchá la entrevista) - El pasado martes ingresó al Concejo Deliberante un proyecto del Ejecutivo local que apunta a crear una denominada “tasa vial”, que implicaría el recargo de un 2% sobre los combustibles que se carguen en estaciones de servicio de la ciudad. En declaraciones a Actualidad 2.0, Mariel Suárez, especialista en Derecho Tributario y Jueza Penal, aclaró que "cuando uno hace este tipo de observaciones, no cuestionamos la facultad impositiva (del municipio), y no nos fijamos en el importe del aumento ni en la justificación de la suba", sino que "analizamos en concreto si esta tasa resulta constitucional o no a la luz de la Constitución Nacional y la jurisprudencia nacional al respecto". En ese sentido, remarcó que "es manifiestamente anticonstitucional".

"No sería una tasa ilegal propiamente dicha, porque se impodría legalmente a través de una resolución", dijo la magistrada, pero explicó que "una tasa exige una contraprestación inmediata y que sea evidente, y el tema de arreglar calles o invertir en las arcas municipales no sería el servicio que exige la tasa para ser constitucional".

Suarez citó jurisprudencia de otros territorios del país, y apuntó: "me estoy enfocando en el justificativo que dieron más de 40 intendentes en la provincia de Córdoba y Buenos Aires (que también argumentaron reparación de calles, como lo hace el Municipio de Comodoro) y estos fundamentos no son válidos, tienen que haber una contraprestación que el ciudadano pueda ver".

Recordó que, si bien una tasa similar estuvo vigente durante varios años en la provincia de Córdoba impuesta por el Gobierno Provincial y durante algún tiempo en Buenos Aires, "distintos juzgados a nivel nacional dictaminaron la inconstitucionalidad de esas tasas". "Ahora esto está en discusión en la Corte Suprema por otro motivo, relacionado directamente con esto: las tasas municipales impuestas a los combustibles que no se puede estar cobrando", agregó.

"Quizás el juego de los municipios es ése: percibirlo un tiempo hasta que los juzgados actúen y la declaren inconstitucional", analizó.

"La nafta ya tiene un 41% de impuestos, entre nacionales y provinciales. Deberían recurrir a otro tipo de tasas municipales donde ofrezcan una contraprestación", consideró Suarez, y mencionó que una presentación por inconstitucionalidad de esta tasa puede ser presentada "por un partiucular afectado, un grupo de particulares asociados, un organismo de defensa de los consumidores o una ONG".

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