COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Así lo confirmó el asesor letrado del municipio, Miguel Criado Arrieta, respecto al fallo de la jueza federal del Jugado Civil y Comercial nº2 de San Martín en provincia de Buenos Aires, Martin Forns, que frena los aumentos en la tarifa de luz. “El fallo es de aplicación nacional porque así lo dispone y le ordena a CAMMESA que lo extienda a cooperativas, entre otros. Entiendo que el Concejo Deliberante va a sacar una ordenanza suspendiendo a instancia de la propia gestión municipal porque el fallo es una medida contundente”, argumentó.

A raíz del fallo de la jueza federal de San Martín (Buenos Aires), Martina Forns, que aceptó un recurso de amparo contra el aumento en las tarifas de la luz presentado por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) y la asociación Consumidores Argentinos; el mismo se extiende a nivel nacional y corresponde su aplicación en Comodoro Rivadavia.

En su fallo, la magistrada ordenó a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) "que se abstenga de aplicar el nuevo cuadro tarifario" surgido de las resoluciones 6 y 7 del Ministerio de Energía y 1 del ENRE, a las que consideró suspendidas. La suspensión, que "en modo alguno significa adelantar criterio sobre el fondo de la cuestión", fue resuelta ante la ausencia del "requisito constitucional" de la audiencia pública y los "exorbitantes, desproporcionados" aumentos dispuestos en las resoluciones.

Freno al tarifazo de luz: alcanza también a las cooperativas

De esta manera, Criado Arrieta afirmó que “el fallo es muy importante, que declara en una medida cautelar provisoria, la inaplicabilidad de resoluciones del Ministerio de Energía y del ENRE, en el que comunica a CAMMESA la imposibilidad de aplicar la tarifa subida en función de su arbitrariedad e irracionalidad en relación al monto en que fueron fijadas, ante tanto se determine la cuestión de fondo”.

“Con esto se paraliza en forma absoluta la posibilidad de cobrar los servicios de energía eléctrica derivados de la nueva modalidad para facturarlos, y además hasta que no se resuelva la cuestión de fondo, a quien hubiera pagado se le deberá tomar a cuenta y descontar de la próxima factura. También ordena adecuar la facturación a los montos que se venían haciendo con anterioridad al dictado de estas resoluciones”, explicó.

En ese tenor, afirmó que en Comodoro Rivadavia tiene aplicación “porque es de fallo nacional, le ordena a CAMMESA que adopte este criterio dentro del plazo de tres días, y que lo extienda a clubes de barrio y pueblo, cooperativas y demás. Entiendo que el Concejo Deliberante va a sacar ordenanza suspendiendo a instancia de la propia gestión municipal porque el fallo es una medida contundente”.

De esta manera, indicó que “los argumentos son sumamente importantes porque destacan la no realización de audiencias públicas, desafiando al texto constitucional, en su artículo 42. Las mismas son obligatorias porque no solamente garantiza el derecho de participación ciudadana, sino también la discusión de un tema esencial como son las tarifas, que deben tratarse a criterio de racionalidad y proporcionalidad”.

Por último, y respecto a la tarifa plana que se había acordado para la ciudad, Arrieta indicó que “es otro tema a resolver por el Concejo Deliberante porque no es algo a lo que el fallo haga referencia. El mismo bloquea a CAMMESA la posibilidad de efectuar el efecto derrame a los fines de exteriorizar una tarifa irracional”.

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