COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) – Este viernes por la mañana se llevó a cabo la audiencia preliminar donde se resolvió elevar a juicio oral la causa que involucra a la imputada Nora Edith Amaya, responsable del local comercial “Zulu” a quien se la imputa por “facilitación de la prostitución, en concurso ideal con explotación económica de la prostitución, al menos tres hechos en concurso real; en calidad de autora”.  El hecho ocurrido fue investigado entre el 2 de mayo y 25 de junio de 2015.

Durante la audiencia preliminar, la funcionaria de fiscalía solicitó se eleve la causa a juicio oral en contra de la imputada haciendo mención a la acusación presentada, como también a toda la prueba documental y testimonial ofrecida para el juicio. Por su parte, el defensor no se opuso a la elevación de la causa a juicio ni a la acusación fiscal. Finalmente, la jueza penal resolvió elevar la causa a juicio oral y aceptó toda la prueba ofrecida, informó el Ministerio Público Fiscal.

El acto fue presidido por Gladys Olavarría, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Lorena Garate, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de la imputada fue ejercida por Leopoldo Puricelli, abogado particular de la misma.

EL HECHO

El hecho investigado ocurrió entre el 2 de mayo de 2015 y el 25 de junio de 2015, entre las 23.30 horas y las 06.00 horas, en el interior del local comercial cabaret “Zulu”, en calle Ameghino casi al 800 de Comodoro Rivadavia.

La imputada Nora Edith Amaya  es propietaria y administradora del salón nocturno, y la acusación surge porque aprovechando la actividad comercial de “copas” desplegada por al menos diez “damas de sala” concurrentes al establecimiento y la utilización de dos dormitorios “privados” dentro del recinto comercial habilitado, posibilitó el ejercicio de la prostitución de al menos tres damas de sala.

A su vez, la imputada Amaya en las mismas circunstancias de tiempo modo y lugar explotó comercialmente el ejercicio de la prostitución ajena del al menos diez personas; y percibió por anticipado el pago en dinero en efectivo por los servicios sexuales prestados en el interior del salón comercial percibiendo un porcentaje del valor de los servicios prestados por cada una de ellas. Calificando legalmente el ilícito como “facilitación de la prostitución, en concurso ideal con explotación económica de la prostitución, al menos tres hechos en concurso real; en calidad de autora” para Nora Edith Amaya.

La investigación surge  con un correo de un particular a la Procuraduría de Trata de Personas que da inicio a una investigación en el Juzgado Federal, que luego de efectuadas distintas medidas de investigación, se declara incompetente y remite la causa a la Justicia Penal Ordinaria. Así se emite la resolución de competencia efectuada por el juez penal Jorge Odorisio, y la investigación recayó en el área especializada en delitos sexuales del Ministerio Público Fiscal a cargo del fiscal general Martín Cárcamo.

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