Por qué quedaron en libertad los condenados de la causa "Emergencia Climática"
El fiscal Cristian Olazábal dialogó con ADNSUR y brindó los detalles de la decisión que se conoció este lunes 30 de diciembre.
Este lunes 30 de diciembre, se conoció que los condenados por la causa de emergencia climática en Comodoro Rivadavia quedaron en libertad.
Así lo resolvió el tribunal integrado por los jueces Mariano Nicosia y Martín Cosmaro que dispusieron el cese de la prisión domiciliaria con la que habían sido beneficiados los imputados en la emergencia climática, cuando el 24 de diciembre último un tribunal integrado por jueces de Esquel accedió al pedido de las defensas.
En este marco, Cristian Olazábal, fiscal del caso, dialogó con ADNSUR y brindó los detalles de la decisión que se conoció durante la jornada.
“En el 24, de los cinco acusados, habían quedado con arresto domiciliario por decisión de dos jueces penales de la localidad de Esquel que actuaron como un tribunal revisor o de apelación para que se entienda”, comenzó diciendo.
“Contra esa decisión, la Fiscalía no tiene ningún tipo de impugnación o posibilidad de recurrir. ¿Qué fue lo que se evaluó? Que estos domicilios no eran aptos para que ellos estén o permanezcan ahí. El arresto domiciliario está pensado para personas mayores de 70 años o con problemas de salud severos, y que el contexto de encierro les impide tener buenas condiciones de salubridad”, agregó.
“Considere que como la sentencia no está firme y puede demandar mucho tiempo, porque ellos tienen ahora la instancia ante el Superior Tribunal de la Corte Suprema, y esto puede llevar meses o años, no lo sé, es algo que ya no está dentro de los tiempos procesales que nosotros manejamos. Cada día que estén detenidos en su domicilio, pero por qué es preventivo esto, se den cuenta de la pena que tienen que cumplir”, señaló.
De esta manera, indicó que “si están dos años con prisión domiciliaria esperando que la sentencia quede firme, son dos años que después se les descuenta de la pena. Esto se llama el mecanismo de licuar pena, que es pagarla anticipadamente estando en la casa. Entonces, para que esto no ocurra, decidí que queden con medidas sustitutivas en libertad, con presentaciones y previsión de salir de Comodoro Rivadavia. Una vez que esté firme la sentencia, deberán cumplir la pena total, como les fue impuesta. Eso fue lo que ocurrió hoy”.
Por otra parte, el fiscal Olazábal indicó que “los defensores pidieron que se mantenga el arresto domiciliario y, ¿justamente por qué? Porque querían ir cumpliendo la pena, pero en el domicilio, y cumplir pena en el domicilio no es un tratamiento penitenciario que deban recibir ellos como esencial de la pena privativa de la libertad”.
“Ante esta controversia, el Tribunal no puede ir más allá de lo que pide la Fiscalía y quedaron con medidas sustitutivas hasta el 4 de junio del año que viene o bien hasta que la sentencia quede firme, y ahí se les llamará a cumplir con su condena”
LAS PRESENTACIONES DE LOS CONDENADOS ANTE LA JUSTICIA
“Las presentaciones son lunes, miércoles y viernes de 9 a 13 horas y tienen prohibido salir de Comodoro Rivadavia, o sea, del radio de Comodoro y Rada Tilly, sin autorización del tribunal. Ante algún incumplimiento de estas reglas de conducta, es posible, ahora sí, ante un elemento nuevo, si es que no lo dan, requerir la prisión preventiva”.
Respecto de la prisión domiciliaria, Olazábal señaló que había sido “llamativo porque no se explicó por qué, cuando los informes eran negativos, nosotros nos opusimos, porque no había garantías de que los pudiéramos controlar en sus domicilios. Sin embargo, los jueces dijeron que sí, no dieron fundamentos, pero no tenía posibilidad de recurrir yo esta decisión. Ellos cazaron la sentencia que dictó el tribunal integrado por el doctor Tedesco y dispusieron el arresto domiciliario. Yo lo veía incongruente, ya que era una forma de que fueran cumpliendo la pena anticipadamente, pero en su casa”, concluyó.
