COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Este lunes se realizó la audiencia preliminar por el homicidio de Alexis Cueva, que tiene como coimputados a David Bustamante y Renzo Muñoz. Allí, la jueza penal resolvió elevar la causa a juicio bajo la calificación de “homicidio simple”, en calidad de “coautores” para ambos imputados.

El homicidio de Alexis Cueva ocurrió el 23 de noviembre de 2019, entre las 18 y las 22,30 hs. aproximadamente, cuando Renzo Fernando Muñoz, Leonardo David Bustamante y un testigo se encontraban reunidos en la casa de éste último, en la calle Los Nogales al 800 de esta ciudad, cuando llegó la víctima, Alexis Esteban Cueva, quien se quedó con ellos compartiendo unas bebidas.

Luego se retiraron del lugar Muñoz, Bustamante y Cueva a bordo de un auto propiedad de Leonardo Bustamante, y por motivos que a la fecha se desconocen, entre las 22.30 hs. del 23 de noviembre de 2019 y las 13 hs. del 28 de noviembre de 2019, Muñoz y Bustamante mataron a Cueva, mediante el uso de un arma blanca, asestándole siete puntazos en el cuello, los que provocaron la muerte de Alexis Cueva.

Posteriormente a ello, ambos imputados trasladaron el cuerpo de Cueva en el vehículo, arrojando el mismo en inmediaciones de Arroyo La Mata, ubicado en el camino Juan Domingo Perón, altura de la puerta 4 que da ingreso al Autódromo General San Martin de esta ciudad, lugar donde finalmente fue hallado el día 28 de noviembre, en virtud de los rastrillajes efectuados por la policía provincial, los cuales se llevaron a cabo debido a la investigación iniciada por la denuncia de desaparición de persona realizada por la madre de la víctima el día 25 de noviembre. El hecho fue calificado jurídicamente como “homicidio simple”, en calidad de “coautores” para ambos imputados.

Seguidamente, las defensas cuestionaron la acusación ya que "de la prueba rendida no surge que su defendido haya estado en el lugar del hecho", sostuvo la defensora de Bustamante, Cristina Sadino. "Los indicios no son unívocos ni convergentes", argumentó.

El defensor de Muñoz, Guillermo Iglesias, planteó dudas si la investigación, en esta instancia es suficiente para pasar a la siguiente de juicio. Luego partes ofrecieron prueba documental y testimonial a ventilar en la instancia de debate, detalló el Ministerio Público Fiscal. 

Asimismo, la fiscal Camila Banfi solicitó el mantenimiento de la prisión preventiva que cumplen ambos imputados ya que los peligros procesales por los que se le dictó la medida no han cesado. La medida de coerción fue solicitada por tres meses en base a la existencia de los peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación. "Existe peligro de fuga por la gravedad del hecho y porque uno de ellos fue detenido en Pergamino, provincia de Buenos Aires y el otro se entregó en la Brigada por pesar sobre él una Orden de Captura", indicó.

También la fiscal mencionó la existencia del peligro de entorpecimiento ya que su soltura podría influenciar sobre los testigos. Por su parte, la defensa de Muñoz no ofreció resistencia al dictado de la medida; al igual que la defensa de Bustamante, excepto que se cumpla con el plazo de 37 días que estipula el Código Procesal Penal, desde la preliminar hasta el juicio.

Finalmente, la jueza penal Raquel Tasello resolvió admitir la acusación presentada por la fiscalía, como también la prueba documental y testimonial ofrecida por las partes, y asimismo mantener la prisión preventiva de Bustamante y Muñoz por el término de tres meses.

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