El Tribunal de Enjuiciamiento de Chubut resolvió este miércoles, 30 de agosto, archivar el juicio de destitución que se impulsaba en contra del fiscal Fernando Rivarola, de Rawson, quien afrontaba procesos por presunto mal desempeño. Fue porque el plazo de 6 meses para hacer la investigación y el sumario, por parte del Consejo de la Magistratura, se había vencido antes de que los sumariantes entregaran sus conclusiones.

El planteo respecto del vencimiento de los plazos fue presentado por el defensor oficial Jorge Benesperi, quien representó al fiscal Rivarola en el proceso, mientras que la mayoría de los integrantes del Tribunal estuvo de acuerdo con ese criterio, con dos disidencias.

 A partir de esta decisión, que no es apelable, quedarán sin resolución las dos acusaciones que pesaban contra Rivarola. Una de ellas cuestionaba su accionar en un caso de tenencia de imágenes de abuso sexual infantil, en la que fue descubierto un ex médico del Poder Judicial, pero que el fiscal demoró en denunciar ante sus superiores. Esa denuncia fue impulsada por Miriam Vázquez, de la Red de Acción contra la Trata de Personas,

La segunda acusación había sido presentada por la fiscal Florencia Gómez, quien trabajaba bajo dependencia jerárquica de Rivarola, a quien acusó por actos de violencia de género en el contexto laboral.

Según la resolución del tribunal, a la que ADNSUR tuvo acceso, está corroborado que si bien ambas denuncias ingresaron en octubre y noviembre del año 2021, al momento de concluir el sumario y resolverse la elevación para el juicio de destitución (proceso conocido como ‘jury’) había transcurrido más de un año. La ley que regía en ese momento daba un máximo de 6 meses de plazo, desde la recepción de la denuncia hasta la conclusión del sumario.

La resolución también tuvo en cuenta un planteo anterior de la defensa, que había intentado anular el proceso, bajo el argumento de que los dos sumariantes que investigaron previamente a Rivarola, habían concluido que no se justificaba iniciar el proceso de destitución del cargo, sino que sugerían una sanción menor.

“ES UNA DECISION ARBITRARIA Y PODRÍA TRAER UN EFECTO BUMERAN"

La consejera Sonia Donatti, que integraba la comisión acusadora encargada de llevar adelante el juicio contra Rivarola, consideró hoy que la decisión del Tribunal de Enjuiciamiento es “arbitraria”, por carecer de razonabilidad.

“Alegremente se declara una caducidad de plazos que no es tal, porque esto ya fue establecido por el Superior Tribunal de Justicia y puede tener un efecto ‘búmeran’, porque con este criterio otros jueces y fiscales no podrían ser juzgados en adelante”, expresó Donati, en diálogo con Actualidad 2.0.

Consultada si se trató de una defensa “corporativa”, respondió que “la comunidad va a ver eso, pero nosotros estamos en contra de esta situación. Desde el Consejo entendemos que para que una persona quede liberada de una denuncia, no hay mejor cuestión que la defensa. Creo que esta decisión no es razonable, porque traería aparejado la caída de otro sumario, de mucho interés”.

Donati indicó que hay jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia que considera a estos plazos como meramente “ordenatorios” y no “perentorios”, lo que significa que no debieron tomarse como argumento válido para archivar el juicio.

Además, criticó que el planteo se haya formulado recién hoy, cuando hubo audiencias anteriores, en las que el defensor presentó otros recursos pero no cuestionó los plazos vencidos del año pasado, lo que significaría que con aquellos actos consintió la legitimidad del proceso, que ahora decidió cuestionar, previo al inicio del juicio en sí mismo.

POR QUÉ PODRÍA CABER LA MISMA DECISIÓN PARA FAVORECER A LA JUEZA SUÁREZ

La mención de Donati al juicio pendiente contra la jueza Mariel Suárez, acusada por el escándalo de sus visitas al preso Cristian Bustos, fue por dos motivos. Uno es el hecho de que el mismo defensor representa también a la Dra. Suárez, por lo que podría plantear el mismo argumento con el que benefició a Rivarola.

Y en segundo lugar, porque el tiempo transcurrido entre la recepción de la denuncia, en de 2022, con la resolución del sumario, en noviembre del año pasado, también trascurrieron más de 6 meses del plazo previsto por la norma.

“Suárez en su momento planteó la caducidad de plazos y el Consejo le respondió, con base en sentencias del Superior Tribunal, que los plazos son ordenatorios –señaló Donati-; y además ella estaba involucrada en la doctrina de los actos propios, porque ya había presentado prueba, aun cuando los plazos estaban vencidos. El caso de Rivarola es lo mismo”.

Para la magistrada, el archivo del juicio contra Rivarola “es un subterfugio para no discutir la verdad de los hechos, cuando el interés del Estado es llegar a la verdad. Estamos estudiando qué hacer con esto, porque es un procedimiento muy atípico y estamos convocando a una sesión extraordinaria del Consejo de la Magistratura”.

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