El jueves 3 de agosto, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Economía, anunció que el piso para tributar el Impuesto a las Ganancias se elevó a $700.875 al mes. Por lo tanto, solo pagarán el Impuesto a las Ganancias aquellas personas que perciban remuneraciones superiores a ese valor.

El Ministerio de Economía oficializó la resolución que establece esta nueva actualización a través del Decreto 414/2023, incrementando así las escalas en un 35%. Esta medida se aplicará en forma retroactiva a enero de este año.

Quiénes cobren por encima de los $700.875 deberán pagar ganancias.
Quiénes cobren por encima de los $700.875 deberán pagar ganancias.

➡️ Por lo que a partir de ahora  los sueldos brutos devengados a partir del 1 de agosto de 2023 rige el nuevo piso de Ganancias y no corresponderá retención alguna cuando la remuneración bruta no supere los $700.875.

➡️ Pero en aquellos meses en los que la remuneración bruta del mes supere los $700.875 y resulte inferior o igual a $808.101, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.

La  nueva actualización  del piso exento permitirá que 300.000 trabajadores en relación de dependencia dejen de pagar Ganancias a partir de agosto.

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