COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - En reunión con el secretario de Gobierno, Maxímo Naumann, los concejales ratificaron que la ordenanza antipirotecnia está vigente y es de aplicación taxativa. El municipio reglamentaría solo el artículo N° 3 para no dejar lugar a interpretaciones erróneas

En plenario, los concejales recibieron al secretario de Gobierno de la Municipalidad, Máximo Naumann, para hablar de los alcances de la ordenanza aprobada en mayo y despejar dudas sobre su aplicación. “Quedó claro que el artículo 1 que establece la prohibición es de aplicación taxativa y está en vigencia”, declaró el concejal José Gaspar.

La duda puntual se sitúa en el artículo 3 que establece excepciones puntuales. Sin embargo, los concejales advirtieron que se puede reglamentar este artículo para que no quede lugar a libres interpretaciones pero eso no impide la normal aplicación de la prohibición.  “El artículo 3 habla en qué situaciones está permitida que son los eventos que el municipio tiene que autorizar con una serie de pasos previos que tienen que llevar adelante”, expresó Gaspar dejando en claro que tanto Navidad como Año Nuevo no son eventos en los que estaría permitido.

Sobre la existencia de comercios que pudieran haber comprado pirotecnia a la fecha, advirtió que “nadie puede ser ignorante de las normas en vigencia, mucho menos las referidas al rubro al que se dedica. Por lo tanto solo podrían vender pirotecnia si hay algún evento autorizado por el municipio”. Respecto a la autoridad de aplicación para el control de la aplicación, Gaspar entiende que “siempre estuvo claro para nosotros, según consta en la propia ordenanza aprobada, que la autoridad de aplicación es la Secretaría de Gobierno y la Secretaría de Seguridad solo lo asesora junto con los bomberos por los posibles riesgos”.

Respecto a la reglamentación, la concejal Adriana Casanovas, autora del proyecto, aclaró que “la ordenanza se puede aplicar sin reglamentación. De todos modos el secretario nos explicó que él está trabajando en una reglamentación del artículo 3ro, que tampoco es demasiado rebuscado, pero por ahí hablamos de que quede más especificado y poner el 23 de febrero-día del aniversario de Comodoro- como único día permitido, que de todas maneras lo organiza el municipio en un predio determinado y con todos los controles que pide la ordenanza en sí”.

Concientizar

Durante la reunión se dejó en claro cuál fue el espíritu de esta ordenanza sancionada, que es la salud de las personas con autismo u otros trastornos que sufren con el estruendo de pirotecnia.

“Ellos fueron los que motivaron esta ordenanza y con el diálogo que tenemos siempre le hacemos hincapié que por más que exista una normativa, si la ciudadanía no se concientiza en que no hay que tirar pirotecnia, ninguna ordenanza alcanza”, explicó la concejal Casanovas, quien mantuvo sendas reuniones con los grupos organizados de padres para elaborar la ordenanza aprobada en mayo.

Mientras se desarrollaba la reunión en el sum, padres de la Fundación TEA (Trastorno Especto Autista) estuvieron entregando folletería afuera del Concejo Deliberante para concientizar más sobre la importancia de esta prohibición de la utilización, fabricación, comercialización, depósito y venta al público mayorista o minorista de pirotecnia.

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