El presunto intento de abuso habría ocurrido el 23 de marzo de 2017 cuando el imputado todavía ejercía como funcionario municipal. La pena prevista es entre 4 y 10 años de prisión.

Imputaron a un exfuncionario municipal por abuso sexual gravemente ultrajante

COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR/Escuchá el audio de la entrevista) – El fiscal general de Comodoro Rivadavia, Martín Cárcamo, confirmó en Actualidad 2.0 que un exfuncionario de la municipalidad de la ciudad petrolera fue acusado de “abuso sexual gravemente ultrajante, que tiene una pena prevista entre 4 y 10 años de prisión”.

El presunto abuso, habría ocurrido en el edificio municipal el 23 de marzo de 2017, cuando el imputado todavía ejercía como funcionario municipal. Según informó Cárcamo, la denuncia la realizó una mujer, quien señaló que el acusado le pidió sexo oral a cambio de darle trabajo: "es un hecho consumado y no se da la penetración, sino que se atribuye sexo oral". 

El fiscal general informó ue durante el mes de marzo “se atribuyó la imputación y el 20 de septiembre, con la finalización del plazo de investigación, se formuló la acusación pública que fue objeto de investigación. La víctima también formuló su acusación autónoma en la misma fecha”, detalló Cárcamo.

https://twitter.com/EleYrrazabal/status/1046814733784043521

Asimismo,  remarcó que “la acusación del Ministerio Público es consistente a los hechos ocurridos el 23 de marzo de 2017 en perjuicio de la víctima y que fueron calificados según la prueba, como constitutiva de abuso sexual y gravemente ultrajante que tiene una pena prevista de entre 4 y 10 años de prisión”.

Además, indicó que “el caudal probatorio es el proveniente del relato de la víctima como consecuencia, en el lugar después de practicar una inspección ocular, se puedo verificar correspondencia con detalles donde ocurrieron los hechos”.

Cárcamo remarcó que “como sujeto activo no se agrava el hecho pero se configura esta situación equivalente al abuso de autoridad” y aclaró que “del ex funcionario prefiero reservar el nombre porque continúa vigente la garantía de principio de inocencia y hasta tanto no se destruya con una sentencia condenatoria, resulta contraproducente. Por lo que me abstendré a develar la identidad de la persona, además, sería fácilmente deducible con la identificación del acusado, la identidad de la víctima”.

“En cuestión de plazos, el juez de la causa ordenó correr los traslados a la acusación y conforme a ello fijará audiencia donde se determinará si existen pruebas suficientes para que sea resuelta la causa en un juicio oral y público. Hasta ahora no hay fecha para la audiencia preliminar”, sostuvo.

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