El Poder Ejecutivo volverá a enviar en las próximas horas a la Legislatura, la elevación con la propuesta de los nombres de Daniel Báez, Ricardo Napolitani y Silvia Bustos para cubrir tres de las cuatro vacantes en el Superior Tribunal de Justicia. El nuevo envío se hará esta vez con toda la documentación que corresponde, ya que el pasado 24 de agosto, los diputados habían impedido que la cuestión tomara estado parlamentario y habían enviado de vuelta las notas al gobierno, exigiendo que se cumplan todos los pasos correspondientes.

En esta oportunidad, ADNSUR pudo corroborar que desde el Ministerio de Gobierno se reunió una cantidad que supera las 500 fojas, con los currículums de cada uno de los postulantes, a los que se adjuntan exámenes psicológicos y físicos, y certificados de antecedentes penales y de no estar incluidos en el listado de alimentantes morosos.

Además, entre la documentación, figuran todas las notas enviadas físicamente o por correo electrónico al Ministerio de Gobierno, tanto a favor como en contra de cada uno de los nombres propuestos, entre las que se destaca la del actual Ministro de Seguridad, Aníbal Fernández, en apoyo a la figura de Ricardo Napolitani.

Con todo este material, ahora la cuestión tomará estado parlamentario en la sesión de este martes, y será derivada a la comisión de Asuntos Constitucionales, que deberá seguir todos los mecanismos que estipula la ley para analizar esta documentación y que los postulantes respondan las consultas de los diputados en una sesión pública que deberá ser convocada en el plazo máximo de un mes.

Como se sabe, la Constitución del Chubut estipula para llegar al nombramiento de un ministro del Superior Tribunal, una mayoría especial de las dos terceras partes del total de la Cámara: esto quiere decir, 18 de 27 diputados deben dar su consentimiento en cada uno de los pliegos.

QUÉ DICE LA LEY

Desde 2016 está vigente una nueva norma que reglamenta los artículos 164, 165 y 166 de la Constitución, y que pone una serie de mecanismos previos al tratamiento por parte de la Legislatura. Se trata de la Ley V N° 152, que consta de 14 artículos.

En tanto el artículo 5° dispone que “producida una vacante en el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Chubut, en un plazo máximo de noventa (90) días, se publicará en el Boletín Oficial y en por lo menos dos (2) Diarios de Circulación Provincial, durante Tres (3) días, el nombre y los antecedentes curriculares de la o las personas que se encuentren en consideración para la cobertura de la vacancia. En simultáneo con tal publicación se difundirá en la página oficial de la red informática del Ministerio de Gobierno”.

Luego de detallar la documentación que cada postulante debe adjuntar, en el artículo 7° se expresa que “los ciudadanos en general , las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos, podrán en el plazo de quince (15) días a contar desde la última publicación en el Boletín Oficial, presentar al Ministerio de Gobierno, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones, y circunstancias que consideren de interés  expresar  en relación  de los incluidos en el proceso de preselección, bajo declaración jurada respecto de su propia objetividad respecto de los propuestos.

Y posteriormente, el artículo 9° dispone que “en un plazo que no deberá superar los quince (15) días a contar desde el vencimiento del establecido para la presentación de las posturas u observaciones, haciendo mérito de las razones que abonaron la decisión tomada, el Poder Ejecutivo Provincial, dispondrá sobre la elevación o no de la propuesta respectiva. En caso de decisión Positiva, se enviará con lo actuado a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut, el nombramiento respectivo a los fines del acuerdo”.

CÓMO SIGUE

La Ley V N° 152 establece también una serie de pasos que el trámite debe seguir una vez que toma estado parlamentario en la Legislatura. En el artículo 11°, expresa que “recepcionadas las actuaciones, se convocará dentro del plazo de treinta días (30) a una sesión especial, tal como lo estipula la Constitución Provincial en el artículo 132 y el Reglamento Orgánico de la Legislatura, con la presencia de los candidatos propuestos por el Poder Ejecutivo”.

Indica que “los legisladores propondrán las preguntas que entiendan conducentes para la evaluación del/ los candidatos a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Honorable Legislatura; entre las que no podrá soslayarse, informen respecto del compromiso con la democracia y la defensa de los derechos humanos, para lo cual se confeccionará el pliego de preguntas que serán entregadas a los candidatos con una anticipación no menor a cinco (5) días de la sesión especial”.

Agrega que “una vez comunicado el pliego de preguntas al/los candidatos, el mismo no podrá ser ampliado; pudiendo efectuar únicamente en la sesión especial los diputados, preguntas adicionales en virtud de las respuestas recibidas por los candidatos y aquellas tendientes a que se exponga respecto de proyectos y objetivos en relación a la política judicial”.

Finalmente el artículo 12° dispone que “una vez efectuado el proceso dispuesto por la presente Ley, los pliegos deberán ser considerados por la Honorable Legislatura en la primera sesión ordinaria/extraordinaria posterior a la fecha de la sesión especial”.

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