COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - La mañana del lunes se desarrolló la primer jornada de alegatos en el juicio que se sigue por el homicidio del ciudadano español Domingo Expósito Moreno ocurrido el pasado 25 de junio de 2014, que tiene como imputados a Sergio Solís y Nadia Kesen. El fiscal solicitó la responsabilidad penal de Solís en base al delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por alevosía, en calidad de autor material”; en tanto que para Kesen “homicidio agravado por ser cometido contra una persona que mantuvo una relación de pareja, en calidad de instigadora”. Finalmente, se produjo el alegato de la querella y para mañana martes se esperan los de las defensas. Respecto de la pericia psiquiátrica realizada a Solís estableció que tiene una personalidad "con rasgos de carácter narcisista y obsesivo. Tiene baja tolerancia a la frustración y es muy impulsivo. Pude ser manipulado", se estableció.

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El fiscal en su alegato consideró que ha quedado probado a lo largo del debate la materialidad y autoría del ilícito en cabeza de los imputados Kesen y Solís. Aquel 25 de junio del 2014 la víctima arriba a su casa junto a Carolina Gayá y su hijo. Afuera los esperaba Solís a bordo de un Gol, con el motor encendido y las luces apagadas. Éste desciende del asiento del conductor y empuñando un revólver Magnum con sus dos manos, efectúa cinco disparos contra la humanidad de Expósito Moreno. La materialidad del hecho quedó acreditada con el certificado de defunción y la autopsia que estableció que su muerte se produce  por paro respiratorio traumático provocado por paso de proyectil que ingresa por el omóplato. Cuando llegan al domicilio reconocen el Gol ya que lo habían visto estacionado anteriormente en la casa de Kesen e intuyen que algo estaba pasando. Domingo alcanzó a decir “que pasa”. Desde un primer momento Carolina le refiere a la policía que sabía que la persona que manejaba ese auto era Solís. Situando el homicidio entre las 22.10 y 22.20 hs. de aquel día. Según el testimonio de la anterior propietaria del vehículo en cuestión lo adquieren los imputados en mayo de 2014. Luego Solís borra de su teléfono el contacto de ella. El vehículo era propiedad de los acusados y fue utilizado al momento del hecho, concluyó el fiscal. También ha quedado acreditado y no hay dudas que la persona que conducía el vehículo era Sergio Solís. El propio imputado le refiere a un amigo que “se había mandado una cagada” y que si no le creen que se den una vuelta por el gimnasio Gati. Luego realiza maniobras para deshacerse del mismo, ayudado por Miguel González.

Respecto de la pericia psiquiátrica realizada a Solís estableció que tiene una personalidad con rasgos de carácter narcisista y obsesivo. Tiene baja tolerancia a la frustración y es muy impulsivo. Pude ser manipulado, se estableció.

En cuanto al móvil del homicidio el fiscal se refirió a la conflictividad de la historia de pareja entre la imputada Kesen y Expósito Moreno en España. Kesen viene a la Argentina trasladando a la menor sin autorización del padre. Se inicia un proceso judicial de restitución con una sentencia favorable para Expósito Moreno, ésta es apelada por Kesen ante la Cámara y finalmente el Superior Tribunal de Justicia de la provincia resuelve que se debía cumplir con la sentencia de primera instancia. Luego vienen las maniobras para que la víctima no pueda ver a su hija y la denuncia del presunto abuso por parte de Carolina Gayá, que nunca fue denunciado. “Ni en pedo me subo a ese avión” le escribió Kesen a su tía, “sino plan B” que era simular el robo del pasaporte. También se ventilaron frases como “yo sé de un sicario” y “todos lo quieren muerto” en referencia a la víctima. A Kesen no le quedaba otro camino que viajar a España con la posibilidad de perder la custodia de su hija. Siempre la conducta de la imputada fue la de evadir y sortear ese viaje a España.

Presidió el acto Mariano Nicosia, quien, junto a Jorge Odorisio y Daniela Arcuri, integraron el tribunal de debate; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Adrián Cabral, fiscal general; la querella en representación de Carolina Gaya y los padres de la Víctima presentes en la sala fue ejercida por Sergio Romero. La defensa de Kesen y fue ejercida por Guillermo Iglesias y la de Solís por Lucía Pettinari, abogado particular y defensora pública respectivamente. También se hizo presente una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito.

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