COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) – Este viernes, se realizó la audiencia revisión de la prisión preventiva por el hecho que tiene como imputados a los hermanos Luis Alexander y Daniel Alberto Millapi y como víctima a la panadería Barile de Kennedy al 2200. La funcionaria de fiscalía pidió se mantenga la prisión preventiva que pesa sobre ambos imputados hasta el 9 de agosto del corriente año. La defensa planteó el arresto domiciliario de ambos imputados, oponiéndose al dictado de la medida de coerción. Finalmente, el juez penal resolvió mantener la medida de coerción que pesa sobre los hermanos Millapi hasta la celebración de la audiencia preliminar, el próximo 9 de agosto del presente año.

En un primer momento,  la funcionaria de fiscalía solicitó que se mantenga la medida de coerción sobre ambos hermanos Millapi por los elementos de convicción suficientes para tenerlos como presuntos autores del presente hecho: acta de intervención policial, el acta de allanamiento y los registros fílmicos de la panadería Barile en los cuales se logró identificar a ambos imputados, Luis Alexander y Daniel Alberto Millapi. La funcionaria se refirió a una audiencia de reconocimiento de personas positivo en relación a Daniel Alberto Millapi como una de las dos personas que se encontraba dentro del local comercial al momento del hecho.

En cuanto a las características del hecho enumeró que es grave, ocurrió a las 7 hs, la indefensión. Ese día entraron dos sujetos masculinos, ambos con armas y había tres mujeres en el salón de ventas indefensas. El grado de violencia se ve desplegado.

La representante de fiscalía hizo referencia al peligro de fuga. Daniel Alberto Millapi tiene una sentencia condenatoria de cumplimiento efectivo de 2016 por robo agravado. Al momento del presente hecho, el imputado se encontraba gozando de libertad condicional.

Respecto de Luis Alexander Millapi, también registra una sentencia condenatoria de efectivo cumplimiento por varios delitos contra la propiedad y con la utilización de arma de fuego, es decir que al momento del presente hecho se encontraba también gozando del beneficio de la libertad condicional. Por último. la funcionaria argumentó la existencia del peligro de entorpecimiento, que los imputados conozcan a las empleadas e que puedan en su testimonio. Por todo ello, solicitó que se mantenga la prisión preventiva que pesa sobre ambos imputados hasta el 9 de agosto del corriente año, fecha en la cual vence el plazo de investigación.

En contraposición, la defensora se opuso a lo solicitado por la funcionaria de fiscalía. Respecto de las ruedas de reconocimiento, hubo uno positivo para Luis Alexander Millapi y un reconocimiento negativo respecto de Daniel Alberto Millapi, aclaró la defensora.

Respecto de la medida de coerción, dijo que solo le resta a la fiscalía una pericia escopométrica. “Porque nada obsta para que su señoría le otorgue a mis asistidos o el arresto domiciliario, o bien la libertad. Ya que lo que se pretende cautelar es el proceso”, sostuvo. Los peligros procesales en este punto “están debilitados”, remarcó. Si bien es cierto que están imputados en otras carpetas, ambos tienen arraigo en la ciudad, por lo que entiende que el peligro de fuga no se encuentra dado. La investigación puede ser cautelada con medidas sustitutivas previstas en la ley y no utilizar una medida de coerción como anticipo de pena. “La medida de coerción que solicita la fiscalía es excesiva”, enfatizó la defensora, y sostuvo que se debe evaluar la posibilidad del arresto domiciliario de Luis Alexander y Daniel Alberto Millapi; oponiéndose a lo solicitado por la funcionaria de fiscalía.

Finalmente, el juez penal resolvió mantener la medida de coerción que pesa sobre los hermanos Millapi hasta la celebración de la audiencia preliminar, el próximo 9 de agosto del presente año. Lo sostuvo argumentando que las medidas sustitutivas no alcanzan a desvanecer los peligros procesales vigentes de fuga y entorpecimiento de la investigación. También mencionó el juez la gravedad del hecho cometido con armas de fuego y que las personas víctimas fueran mujeres que desarrollaban su actividad laboral dentro de un comercio en horas que todavía no había amanecido.

Presidió la audiencia de revisión Jorge Odorisio, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Eve Ponce, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de ambos hermanos imputados fue ejercida por María de los Angeles Garro, defensora pública.

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