Un total de 24 personas irán a juicio oral y público en el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, para ser juzgados por sus conductas vinculadas al hurto de vacunas perpetrado por dos enfermeras del Hospital Regional en plena pandemia de Covid.

Se trata de los integrantes de la obra social de Camioneros, que están acusados por beneficiarse irregularmente por una especie de “vacunatorio VIP” creado entre enero y febrero de 2021, cuando se iniciaba el esquema de inoculación con un orden de prioridades estricto, ya que no se sabía si habría suficiente dosis para toda la población ni el tiempo que el país tardaría en adquirirlas.

De este modo, la acusación apunta a probar el sistema de privilegio que hubo a partir de un acuerdo económico entre uno de los integrantes del sindicato Camionero, identificado como Marcos Paura, con la enfermera Analía Muñoz, para vacunar a directivos y empleados de la obra social, salteándose el orden de prioridades.

LOS DELITOS QUE SE IMPUTAN

Los delitos por los que deberán responder se vinculan al rol de cada una de las partes. En el caso de los afiliados del sindicato, encabezados por Jorge Taboada, la calificación es por encubrimiento simple, que penaliza con penas de 6 meses a 3 años de prisión a quienes “adquiriere, recibiere u ocultare dinero, cosas o efectos provenientes de un delito”, según el artículo 277 del Código Penal.

Por su parte, la enfermera Muñoz afronta una doble acusación, ya que se le imputa el hurto y paralelamente, el cohecho pasivo, que penaliza con prisión de 1 a 6 años al funcionario público que recibe una coima para hacer o dejar de hacer algo relativo a sus funciones.  El hurto, por otra parte, se penaliza con prisión de entre 1 mes y 2 años de prisión.

También la enfermera Vanesa Torres será juzgada, en este caso por la colaboración en el momento de la sustracción de las vacunas, según consta en la acusación de la fiscalía. Según plantea la acusación elevada por el fiscal Norberto Bellver y la jueza Eva Parcio, las enfermeras cobraron acordaron recibir el pago de 15.000 pesos cada una, en acuerdo con Paura, para llevar adelante la vacunación con las dosis sustraídas.

Vacunatorio VIP: La acusación es por un acuerdo económico entre una enfermera y un referente del gremio de Camioneros
Vacunatorio VIP: La acusación es por un acuerdo económico entre una enfermera y un referente del gremio de Camioneros

“Los hechos que se le imputan a los acusados consisten en que, en plena emergencia mundial por la enfermedad de COVID 19, con escasa cantidad de vacunas para la población –sostiene la acusación-, concertaron la sustracción de vacunas existentes en el vacunatorio del hospital Regional de Comodoro Rivadavia y su posterior aplicación indebida, por no pertenecer a la población objetivo que, conforme la normativa vigente, priorizaba en su aplicación al personal de salud, adultos mayores, fuerzas armadas, de seguridad”, entre otros.

Entre los elementos probatorios, el expediente cuenta con un gran cantidad de registros de comunicaciones telefónicas, en las que las enfermeras acordaron la maniobra para vender las vacunas a sustraer, como también dentro de la obra social, cuando se pide “reserva” a los afiliados y se pregunta en un grupo de Whatsapp interno cómo estaba cada una de las personas luego de la vacunación.

El requerimiento de elevación a juicio fue presentado ante el Tribunal Oral Federal y todavía no hay fecha para la realización, ya que actualmente está en etapa de notificación a las partes involucradas.

Sobre la situación de las enfermeras, fuentes del Ministerio de Salud confirmaron a ADNSUR que se encuentran separadas del cargo y con sumario administrativo en curso.

PARA LA DEFENSA, NO HAY DELITO

El abogado Guillermo Iglesias, defensor de Taboada y los integrantes de la obra social, dijo que el caso es muy particular y a su entender no hay pruebas de que sus defendidos hayan cometido el delito que se les imputa.

“A ellos les imputan que habrían participado en la sustracción de la segunda dosis de la vacuna, porque de la primera dosis no hay faltante ni hubo denuncia. Entonces la Cámara Federal  confirmó el procesamiento de la jueza Parcio, diciendo ‘miren cómo ellos tenían pautado, en tal fecha, ponerse al segunda dosis’, lo que significa que ya se habían puesto la primera dosis, que sin embargo nunca fue denunciada como faltante”, argumentó Iglesias, en diálogo con Actualidad 2.0.

“A ellos los acusan porque supuestamente se iban a colocar la segunda dosis, pero a su vez también la enfermera que está acusada de haber sustraído las vacunas y colocárselas, declaró en realidad les aplicó un placebo, con lo cual coincide en que no hay sustracción de la primera dosis. Y habían pactado un día para colocarse la segunda dosis, pero lo curioso, que no tiene explicación lógica, es que el Ministerio de Salud mejor los autorizó a todos los que están acusados de sustracción de la vacuna, a ponerse otra vez la primera dosis. Y la justicia dice que ya se habían colocado la primera y que la habían robado, cuando en realidad no se denunció un faltante”, criticó.

El abogado de Jorge Taboada aseguró que no hay pruebas de que sus defendidos hayan cometido un delito.
El abogado de Jorge Taboada aseguró que no hay pruebas de que sus defendidos hayan cometido un delito.

 Iglesias también cuestionó que la jueza y el fiscal le negaron una prueba solicitada por la defensa, que era un test para determinar si los imputados por vacunarse irregularmente tenían en su organismo la vacuna, es decir si habían generado anticuerpos por haber recibido una dosis o bien por haber contraído la enfermedad.

“Me rechazaron y no quisieron probar lo que estaba disponible, porque de esa manera se hubiera puesto a salvo la eventual ilegalidad de la gente que yo defiendo. Cómo van a poder imputarle a alguien que sustrajo algo, cuando tuviste la posibilidad y no lo quisiste hacer. Y lo que decís que falta , en realidad  no falta”.

El abogado también recordó que la segunda dosis, que se denunció como robada, no fue hallada en el allanamiento que se hizo en la obra social ni el lugar estaba acondicionado para el vacunatorio.

Y desde el punto de vista jurídico, argumentó que el encubrimiento se verifica cuando alguien que no cometió el delito de robar un objeto se lo entrega, reconociendo que es propiedad de un tercero.

“No hay forma de que alguien tenga algo ajeno, cuando ya lo tiene en su cuerpo, entonces deja de ser ajeno”, razonó el abogado penalista, quien buscará demostrar la inocencia de sus defendidos con estos razonamientos.  

¿Querés mantenerte informado?
¡Suscribite a nuestros Newsletters!
¡Sumate acá 👇🔗!
Recibí alertas y la info más importante en tu celular

El boletín diario de noticias y la data urgente que tenés que conocer