Este martes el juez Alejandro Rosales formalizó la investigación preparatoria de juicio contra un sujeto de 29 años, imputado como presunto autor de tres hechos de abuso sexual simple. La fiscalía obtuvo un plazo de seis meses para concluir las tareas de investigación 

En la ocasión, la fiscal Rita Barrionuevo, relató los hechos que investigará. En este sentido, indicó que los delitos ocurrieron entre los años 2016 y 2020. Luego, describió la modalidad de los abusos y los lugares en los que habrían ocurrido los delitos.

Con respecto a la calificación legal provisoria escogida, la fiscal, sostuvo que la conducta que se le atribuye al imputado, es constitutiva de los delitos de abuso sexual simple en una persona menor de edad, al menos tres hechos en concurso real y en calidad de autor, y en contexto de la ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.  

Finalmente, la investigadora, solicitó un plazo de seis meses de investigación. También peticionó que al concluir la audiencia, el imputado se presente en la oficina del área de criminalísticas, a los fines de que se le aplique el protocolo único de identificación de personas.

A su turno, el abogado defensor, no presentó oposición al requerimiento de apertura de la investigación. En tanto, consideró que la ley de protección integral, no configura la calificación legal aplicable al hecho que el Ministerio Público Fiscal le imputó a su asistido.

En consecuencia, pidió al magistrado que la apertura de investigación, sea por un delito expresamente establecido legalmente.

Así las cosas, Rosales, resolvió formalizar la investigación preparatoria de juicio, en orden a los hechos presentados por la fiscalía. Por otra parte, el magistrado compartió el criterio del representante de la Defensa Pública, respecto a que la calificación legal que corresponde aplicar es la de abuso sexual simple contra persona menor de trece años de edad, en tres hechos. Asimismo, otorgó el plazo de investigación solicitado por el Ministerio Público Fiscal.  

El acto judicial se desarrolló en la sala de audiencias de la oficina judicial y fue presidido por el juez penal Alejandro Rosales. El Ministerio Público Fiscal, estuvo representado por la fiscal Rita Barrionuevo y la abogada Luciana Coppini. El imputado, en tanto, recibió la asistencia del abogado Gustavo Oyarzun del Ministerio de la Defensa Pública. También participó la abogada Gabriela Francisco, en representación de la Asesoría de Menores e Incapaces.

Por qué los chicos tardan en contar que están siendo abusados?

La guía elaborada por UNICEF para tomar acciones y proteger a los niños y niñas del abuso sexual infantil, refiere una serie de motivos que garantizan el “secreto”:

😥El niño y su familia reciben amenazas de daño físico o de muerte.
😥Tienen miedo de las consecuencias que sus dichos puedan ocasionar en el agresor y su familia.
😥Callan por temor a ser acusados de complicidad y complacencia con el abuso sexual que padecieron.
😥Evitan ser estigmatizados y rechazados.
😥Sienten culpa, vergüenza y desvalimiento.
😥Muchas veces, al padecimiento sufrido se suma otro: carecen de interlocutores válidos dispuesto a creer en sus palabras.

Los niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual requieren de un entorno conformado por adultos que sean comprensivos y contenedores, que les brinden acceso a los servicios asistenciales y los protejan tanto de posibles represalias como del proceso de revictimización. Dependen de los docentes, psicólogos, médicos, policías y operadores del sistema de protección integral y operadores judiciales, que deben estar capacitados para ofrecer un abordaje apropiado al trauma que atraviesan.

Educación sexual integral como modo de prevención y protección

Hablar de conocimiento y cuidado del propio cuerpo, formar a los niños y adolescentes en sexualidad, ofrece un marco de referencia, claridad, mayor confianza en sí mismos, conocimiento de sus derechos y, entre otros aspectos, los habilita a hablar con mayor naturalidad de lo natural y también a identificar sin dudas y denunciar lo que no lo es.

La denuncia 

Según el artículo 9 de la Ley 26.061, cualquier persona que sospeche o tome conocimiento de malos tratos o situaciones que atenten contra la integridad psíquica, física, sexual o moral de un niño, niña o adolescente, lo mismo que cualquier otra violación a sus derechos tiene la obligación de comunicarlo al organismo de protección. Los adultos que tienen a cargo la responsabilidad parental y quienes se desempeñan en organismos asistenciales, educativos y de salud del ámbito público o privado no solamente deben comunicar al organismo de niñez la situación de abuso para que puedan tomarse las medidas de protección necesarias, sino que además tienen la obligación legal de realizar la denuncia judicial. El primer organismo interviniente debe denunciar el hecho y para hacerlo no es necesario cumplir con ninguna condición. Para formular la denuncia no se requiere el pedido de autorización de un superior jerárquico ni la asistencia de un abogado

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