COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Presidió el acto Alejandro Soñis, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal asistieron Marcelo Cretton y Cristian Olazabal, fiscal general y funcionario de fiscalía respectivamente; en tanto que la defensa de Alvarado estuvo ejercida por Alejandro Fuentes, defensor particular.

En primer lugar el fiscal solicitó se le formalicen al imputado los hechos acontecidos el 27 de noviembre pasado aproximadamente a las 21.00 hs. cuando las víctimas se encontraban colectando verduras, llega Alvarado al lugar a bordo de un rodado Gol, acompañado de otra persona, ambos bajan y disparan contra los primeros y hieren a uno de ellos. El 30 de noviembre otra de las víctimas venía caminando por la calle Florencio Sánchez, a la altura del 2900. Alvarado egresa de una vivienda y apuntando con un arma de fuego refiere “te gusta hacer la denuncia a vos”, impactando cuatro disparos en la humanidad de uno de ellos, produciéndole heridas de diversa consideración que pusieron en riesgo su vida. Calificando provisoriamente los hechos como de “abuso de arma en concurso real con homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en grado de tentativa”. Solicitando se declare legal su detención ya que fue realizada por orden de un juez competente.

Seguidamente el imputado accedió a declarar en su descargo negando su participación en los hechos, y agregando “me tirotearon toda la semana mi casa”. El defensor por su parte argumentó que “no le quedó claro las características del auto y no se encontró ningún arma de fuego” a su pupilo. De ser víctima esta gente lo coloca como victimario.

Desde la fiscalía se solicitó el plazo de ley para concluir con la investigación y la prisión preventiva por cuatro meses de Alvarado. Ello en base a los elementos de convicción suficientes para tener al imputado como probable autor del hecho; y en base a los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Mencionando la escala penal en abstracto, cinco años de mínimo y el comportamiento de Alvarado en procesos anteriores.

En contraposición el defensor se opuso argumentando que la pena en expectativa no es suficiente para que el tribunal recepte lo solicitado. Prevalece el estado de inocencia y la libertad debe ser la regla en el proceso. El peligro de fuga debe ceder ante la presunción de inocencia, afirmó el defensor. Solicitando su arresto domiciliario y subsidiariamente prisión nocturna y permiso de salidas laborales.

Finalmente le juez penal resolvió declarar legal la detención y que asiste razón a la fiscalía de mantener la medida de coerción para cautelar el proceso. En base a los peligros de fuga y entorpecimiento; por la gravedad del hecho y la pena en expectativa. El imputado goza del estado de inocencia pero existen elementos de convicción para tenerlo como probable autor. Estableciendo el plazo de tres meses de prisión preventiva y seis de investigación. Formalizándole los hechos, dándolo por anoticiado de los mimos y por asegurada su defensa.

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