TRELEW (ADNSUR) - En una resolución dada a conocer en horas de esta mañana, la jueza penal Patricia Reyes condenó a cuatro policías acusados de haber tenido responsabilidad en los hechos que derivaron en la muerte de Mauro Castaño, ocurridos el 7 de febrero de 2015 en la seccional primera de policía, cuando un incendio en la celda de contraventores causó graves quemaduras en quien resultó víctima, y afectó el 70 por ciento de su organismo, muriendo luego de una larga agonía en el hospital zonal.

Los involucrados se reconocieron como responsables del accionar endilgado por el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal general jefe Silvia Pereira y el querellante particular, Matías Cimadevilla, quienes acordaron con la defensa la aplicación del instituto de juicio abreviado previsto en el artículo 355 del código procesal penal. Al efecto, se contó con el acuerdo de los imputados Luis Javier Frías, defendido por Gustavo Latorre, como así también Jorge Oscar Cárcamo, Víctor Manuel Pavón y Diego Donaldo Correa, los tres defendidos por el doctor Diego Carmona.

La magistrada destaca en un extenso pronunciamiento que la calificación jurídica resulta ser la de violación de los deberes de funcionario público, previsto y reprimido por los artículos 248, 249 y 45 del código penal, atendiendo a los fundamentos de la fiscal general en audiencia que manifestó tener en cuenta la circunstancia en que se realizaron los hechos estando detenido Mauro Castaño en la comisaría seccional primera de Trelew, ponderándose la actitud de los encartados frente a la víctima y ante la evidencia que la vida del contraventor estaba en peligro, deberían haber garantizado la integridad corporal adoptando medidas medidas desde el inicio de la reyerta entre los detenidos judiciales y Castaño, panorama que era conocido por los funcionarios de la dependencia policial.

La desidia del personal policial llevó a omitir y permitir su actuación aún cuando pudieron visualizar a través de las cámaras ubicadas en la cuadra, que el interno Guzmán arrojaba un papel con fuego desde la reja que comunicaba ambos pabellones. Se valora además, que todos los imputados son personas instruidas y no poseen antecedentes condenatorios, mientras que el delito enrostrado a cada uno de los acusados tiene previsto una pena de un mes a dos años de prisión e inhabilitación especial por el doble de tiempo.

PENAS

Habiendo escuchado la acusación y la defensa, la doctora Reyes determinó condenar a Luis Javier Frías en orden al delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público a la pena de un año de prisión en suspenso y dos años de inhabilitación especial por los hechos ocurridos en Trelew el 7 de febrero del 2015. De igual modo, y ante los mismos hechos, condenó a Jorge Omar Cárcamo, Víctor Manuel Pavón y Diego Donaldo Correa, a la pena de seis meses de prisión en suspenso y un año de inhabilitación especial.

De acuerdo a las pautas fijadas por el artículo 27 bis del código penal, el subcomisario Frías deberá presentarse ante la oficina de supervisión de la oficina judicial de Trelew, dos veces al año durante el tiempo de la condena, en tanto el cabo primero Pavón, oficial inspector Correa y cabo primero Cárcamo, deberán hacerlo una vez al año.

SOLICITUD RECHAZADA

Por otra parte, durante una audiencia solicitada por la defensa de otro de los acusados, Juan Darío Javier Acosta Farías Díaz, la juez Mirta Moreno rechazó la posibilidad de morigerar la prisión preventiva que el nombrado viene manteniendo, solicitada con el argumento de no estar asegurada la realización del juicio oral, previsto para el 8 de agosto próximo, de acuerdo a lo expuesto por la abogada Marta Sánchez.

Esto fue rechazado drásticamente por el Ministerio Público Fiscal y el querellante que representa los intereses del padre de Mauro Castaño, ya que solo se esperaba la resolución, ahora comunicada, de la doctora Reyes, con el fin de tenerse la certeza acerca de si el juicio sería con dos o más acusados, en la cuenta que ya para la fecha indicada esta resolución va a tener firmeza.

JUICIO

De esta manera, el juicio oral y público por la muerte de Mauro Castaño, conocidas ya las condenas para cuatro de los imputados, se llevará adelante el 8 de agosto, cuando serán juzgados Juan Darío Javier Acosta Farias Díaz, acusado por abandono de persona agravado por el resultado de muerte en concurso real con violación de los deberes de funcionario público, artículos 106, inciso 1ro. y último párrafo, 248, 249 y 55 del código penal, con una pretensión punitiva de 8 años de prisión, y Darío Guzmán, a quien se responsabiliza por incendio estragoso seguido de muerte, artículo 185 inciso 5 del código penal, con una pretensión punitiva de 15 años de prisión mas la declaración de reincidencia.

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