COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) – Este martes se llevó a cabo en sede de los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de incidentes en el marco de una sanción disciplinaria al detenido Walter Luciano Aybar. El defensor solicitó al juez de ejecución que no se confirme la sanción disciplinaria de restricción de visita y que debe quitarse de su legajo. En contraposición, la funcionaria de Fiscalía solicitó se confirme la sanción ya que se han cumplido los presupuestos establecidos en el decreto ley 18/97, Reglamento de disciplina para internos. Finalmente, el juez de ejecución resolvió confirmar la sanción a Aybar y dejarla en suspenso por tres meses.

Presidió el acto Jorge Odorisio, juez de ejecución penal; por el Ministerio público Fiscal se hizo presente Stella Maris Prada, funcionaria de Fiscalía, en tanto que la defensa del condenado fue ejercida por Ivo Di Taranto, abogado de la Defensa Pública.

En un primer momento, el defensor tomó la palabra y solicitó no se le confirme la sanción disciplinaria de restricción parcial de la visita por 15 días a Aybar.

El acta policial refiere que luego de terminada la visita, Aybar, alterado, vociferaba: “me voy a hacer mierda la cabeza”. Se lo deja allí para que se calme y luego comienza a amenazar a personal policial.

El defendido declaró que aquel día terminó la visita e “iba a ingresar al pabellón y vienen agentes policiales y me pegan”. Luego uno grande lo ahorcó, hasta que se desmayó y lo ingresan al buzón de aislamiento. Seguidamente presenta un Habeas Corpus donde detalla lo sucedido, “y no le dieron curso”.

A continuación, el defensor mencionó que el aislamiento debe notificarse al Juez de ejecución y que en ningún momento se notificó a su pupilo de la instrucción del sumario administrativo que se le inició. En toda la instrucción del mismo no obra firma de mi asistido, es decir se violó la reglamentación para internos. “La víctima de apremios ilegales” fue Aybar, concluyó.

En contraposición, la funcionaria de Fiscalía requirió que se confirme la sanción ya que se ha cumplido con lo dispuesto en el Decreto Ley del Reglamento de disciplina para internos. Respecto de la declaración del sancionado, guarda relación con la declaración de un imputado en un hecho delictivo, no se le exige verdad.

Asimismo, Prada hizo hincapié en la actitud de Aybar, que podría producir un motín; para el mantenimiento del orden se podrá disponer de su aislamiento temporario, notificando al juez penal de guardia.

Los agentes se comunican con el secretario de la Oficina Judicial y éste a su vez al juez de guardia aquel día. Respecto de la no firma del sumario por parte del sancionado dijo que se puede negar a suscribirla.

En cuanto a las lesiones de carácter leve que refirió le producen en la Seccional Segunda, es requisito la voluntad de denunciar del damnificado.

Finalmente, el juez de ejecución resolvió confirmar la sanción disciplinaria ya que se ha verificado que Aybar se trató de autolesionar y que la Oficina Judicial recibió un llamado informando de esta situación y del aislamiento. Luego le fue trasmitida la novedad al juez penal de turno, Alejandro Soñis. Así se confirmó la sanción impuesta por la Seccional Segunda, pero “al ser la primera sanción, se deja en suspenso por tres meses”.

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