Durante una audiencia realizada a través de la plataforma Zoom, cinco personas fueron imputadas por atacar a manifestantes durante una marcha a Lago Escondido

Así lo resolvió el Juez de Garantías Ricardo Calcanio. Además, entre otras de las medidas, prohibió el acercamiento de los agresores hacia las víctimas, durante un plazo de cinco meses, mientras se lleva adelante la investigación. Cada uno de los acusados fue asistido por sus defensores particulares.

El hecho de violencia, sucedió el pasado 1 de febrero de 2023, en el marco de un encuentro organizado por la "Fundación Interactiva para promover la Cultura del Agua". 

Allí, Hugo Araneda, Graciela Hernández, Andrés Sains Antonin, Nicolas y Enzo Puchi atacaron físicamente a un grupo de personas que se manifestaban en la “Séptima Marcha a Lago Escondido”, sobre las inmediaciones del camino vecinal "Tacuifí", en el Paraje El Foyel, cercano a la localidad de El Bolsón.

Según informó Télam, uno de los imputados desde el portón de acceso al camino, “arrojó una piedra en dirección a una de las víctimas, ocasionándole lesiones de carácter leve”.

El hecho de violencia, sucedió el pasado 1 de febrero de 2023 Foto: X (@Cele_Fierro)
El hecho de violencia, sucedió el pasado 1 de febrero de 2023 Foto: X (@Cele_Fierro)

En tanto, a la imputada Hernández golpeó “a dos mujeres” y “continuó con la agresión, mientras se dirigió a un hombre que estaba tirado en el suelo y le tiró una piedra de gran tamaño, que le provocó fracturas en la tibia y el peroné de la pierna izquierda”.

“Después, en el trayecto del camino vecinal cuando dos mujeres quisieron auxiliar al hombre que estaba herido,  pateó y agredió a una de esas dos mujeres”, explicaron.

Por su parte, “otros de los acusados montando un caballo bayo, agredió físicamente a una fotoperiodista, tomando la correa de la cámara que llevaba, forcejeando hasta que se golpeó la cabeza en una piedra”.

Por otra parte, los imputados Antonin y Puchi atacaron “con golpes de puño y patadas en el cuerpo, provocando una fractura en la novena costilla derecha, lesiones de carácter grave” a la misma víctima.

Por último, Calcanio tuvo por formulados los hechos considerados como delitos de lesiones leves y graves. En tanto, prohibió el acercamiento de los agresores hacia las víctimas, durante un plazo de cinco meses, mientras se lleva adelante la investigación, inclusive en feria judicial.

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