COMODORO ROVADAVIA (ADNSUR) - Pasado el mediodía del lunes el tribunal de juicio dio a conocer la parte resolutiva del fallo con respecto al hecho acontecido el pasado 30 de junio de 2013 que tiene como condenado a Enrique Barros y como víctima a Omar Sanzana. Por unanimidad el tribunal resolvió declarar penalmente responsable a Barros por el hecho en base al delito de “homicidio en agresión” estableciendo para mañana martes a las 9.00 hs. la audiencia de imposición de pena.

Presidió el acto Alejandro Soñis, quién junto a Gladys Olavarría y Mariel Suárez integraron el tribunal de juicio; por el Ministerio Público Fiscal asistió Adrián Cabral, fiscal general; en tanto que la defensa de Barros fue ejercida por Francisco Miguel Romero, abogado particular del mismo.

Los jueces consideraron que ha quedado acreditado a lo largo del debate la materialidad del injusto, la muerte violenta de Sanzana, ya que la misma no ha sido controvertida por las partes. Asimismo consideraron también como acreditada el incidente previo que hubo en las afueras del local bailable Gigante. Refiriéndose al resultado de la autopsia y a la mecánica del hecho. Éste aconteció el pasado 30 de junio de 2013, aproximadamente a las 7.10 hs., cuando Polenta, Vázquez y Barros se aproximan a bordo de un automóvil Volkswagen a un grupo de personas, entre las que se encontraba la víctima Sanzana. Sobre la intersección de las calles las Violetas y Pje. Crisantemos, del barrio San Martín, se bajan y realizan los tres al menos diez disparos con armas de fuego, con claras intenciones de darle muerte a Sanzana. Provocándole lesiones de gravedad en varias partes de su cuerpo, una de ellas provoca un shock hemorrágico por perforación del pulmón y otra herida en el corazón que le ocasiona su muerte inmediata. Previamente a esta agresión se produce una pelea en las afueras de Gigante entre la víctima Sanzana y Vázquez, con la intervención de Polenta.

Cabe destacar que Polenta ya fue condenado con anterioridad, en un juicio abreviado, como coautor de homicidio en agresión, por el mismo hecho. En tanto que Vázquez falleció víctima de otro homicidio.

Respecto al presente juicio el fiscal solicitó en su alegato al tribunal que se declare a Barros penalmente responsable por el delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”; en tanto que la defensa requirió su absolución y subsidiariamente sea condenado por el delito de “homicidio en agresión” al igual que su consorte de causa Polenta. Los jueces del tribunal se inclinaron por esta última figura legal ya que “no surge quién de los tres fue el autor del disparo que le causó la muerte a la víctima”.

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