Así se desprende de los alcances de la ordenanza 12.625/17 que está vigente en Comodoro Rivadavia y establece la “tolerancia cero” para la pirotecnia de impacto sonoro, por lo que se prevén sanciones que arrancan en los 95.000 módulos para quienes utilicen estos productos, hasta 475.000 unidades para quienes comercialicen y los almacenen. En la ciudad se hizo un centenar de inspecciones y se trabaja para detectar lugares de venta clandestina, que se ejecuta a través de redes sociales.

Pese a la vigencia de la norma de ‘pirotecnia cero’ en la ciudad, en los últimos días se han escuchado explosiones y no fueron pocas las denuncias que llegaron hasta organismos de control, a partir de una gran cantidad de canales de comercialización clandestinos, perpetrados a través de cuentas de Whatsapp y o de Facebook. 

El subsecretario de Control Operativo del Municipio, Ricardo Gaitán, informó hoy que se están haciendo controles para evitar la venta de estos productos, “pero a través del 103 estamos recibiendo denuncias anónimas que dan cuenta que por internet hay ventas. A veces se dificulta porque el trámite para solicitar la orden de allanamiento es complejo, pero estamos sobre el tema”.

El funcionario precisó en diálogo con Periodismo de 10 que una vez detectado el posible lugar de venta, se debe intervención a los juzgados de Faltas del Municipio y a través de éste se debe requerir la intervención de las fiscalías penales, por lo que puede haber demoras en obtener una orden de allanamiento proceder al decomiso de la mercadería.

Prohibición y valor de las multas

La ordenanza 12.625 tiene como objeto “prohibir en todo el Ejido de la ciudad de Comodoro Rivadavia, la utilización, fabricación, comercialización, depósito y venta al público mayorista o minorista para uso particular de cualquier tipo de producto de pirotecnia y cohetería”.

En el artículo 3 se autoriza sólo al Municipio a contratar espectáculos de pirotecnia, con determinadas características, en ocasión del Aniversario de la ciudad, 

El valor del Módulo Multa, recientemente fijado por la ordenanza tributaria anual para el 2022, ya promulgada en el Boletín Oficial, quedó fijado en 14,50 pesos, por lo que al publicarse en el Boletín Oficial, este miércoles 22 de diciembre, ya entró en vigencia.

De este modo, si se considera que en el artículo de la norma se determina una multa de 95.000 módulos para quien solamente utilice pirotecnia, significa que el infractor deberá pagar un monto de 1.377.000 pesos.

Para quienes fabriquen, comercialicen, tengan en depósito o vendan al público estos productos, la sanción asciende a los 475.000 módulos, lo que significa un total de 6.887.500 pesos, además del decomiso de la mercadería y clausura del lugar.

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