COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Ante el planteo del presidente del Tribunal de Cuentas Municipal, Carlos Relly, en torno a los resultados del informe preliminar de la auditoría efectuada por ese organismo sobre la S.C.P.L, que cuestionó el cobro de dos ítems en la factura que cobra la entidad a sus usuarios y los tildó de “ilegal” por “no tener el fundamento jurídico para aplicarlos”, fuentes de la prestataria advirtieron su extrañeza y calificaron como “una falacia” la argumentación del funcionario, ante quien se prepara una respuesta formal para replicar el informe de auditoría enviado al Concejo Deliberante.

SCPL: califican de “falacia” la acusación sobre el cobro de rubros “ilegales”

El rubro ley I510, denominado “Fondo de Distribución Eléctrica” (FODE), al igual que el ítem “Fondo de Capitalización para obras de beneficio colectivo”, 413, forma parte del detalle informado en el apartado “Desglose de los componentes de la factura”, que la Cooperativa presenta en su página oficial, www.scpl.coop/informacióncomercial.

Según pudo corroborar ADNSUR, allí se constata que el FODE forma parte de una normativa provincial, vigente hasta el año 2020: “Ley Provincial Nº I - 510 - Ex- 5734 - (concepto 133-141): Fondo destinado a la realización de obras de distribución de energía, aprobado por la Legislatura Provincial el 03 de Diciembre de 2013, prorrogado entre las partes el 02 de julio de 2015 por 5 años”.

Asimismo, se informa sobre el “Fondo Capitalización para Obras de beneficio Colectivo” (concepto 413). El mismo se trata de un “Cargo adicional capitalizable para cada asociado, relacionado con las obras de mejoramiento del Alumbrado Público (entre otras cosas permitió el reemplazo de la totalidad de lámparas incandescentes por equipos con lámparas gaseosas), aprobado por Asamblea de Delegados de esta Cooperativa”.

Es una falacia decir que el cobro de estos rubros es ilegal –reflexionó una fuente cercana al Consejo de Administración, que prepara su respuesta al informe de auditoría y se evitó anticipar una declaración oficial sobre el tema-. Puede haber una discusión legal vinculada a una interpretación, pero no hay dolo porque no se está cometiendo ningún delito”.

Al explicar el cobro de ambos conceptos, se precisó a esta agencia de noticias que el FODE es un concepto recaudado por todas las cooperativas de la provincia, en base a un dictamen legal de la Federación de Cooperativas, que se emitió al momento de su creación, en el año 2013. “Es un fondo que está perfectamente rendido, que recauda entre 2 y 3 millones de pesos por mes y sirve para la compra de materiales. No se puede decir tampoco que esta rendición sea oculta, porque está todo perfectamente presentado e invertido en materiales”, se indicó desde la institución.

Sobre el Fondo 413, se puntualizó que “es un aporte creado por asamblea soberana, que dispone el cobro de $2,96 por cada asociado y representa su aporte societario a la entidad; está vigente desde hace 30 años y forma parte de un acto cooperativo, avalado por el estatuto social”.

En ese marco, se aclaró otro punto: “no es verdad que cada rubro a ser cobrado en la factura deba ser tratado por el Concejo Deliberante, porque de lo contrario no se podría cobrar el aporte para bomberos voluntarios, para el hospital, el servicio de sepelios u otros aportes que se cobran habitualmente; está dentro de las facultades de la institución”.

¿Querés mantenerte informado?
¡Suscribite a nuestros Newsletters!
¡Sumate acá 👇🔗!
Recibí alertas y la info más importante en tu celular

El boletín diario de noticias y la data urgente que tenés que conocer