Este lunes, la Justicia emitió un fallo en contra del DNU del presidente Javier Milei y ahora puso un freno a la desregulación de los precios de la medicina prepaga. 

El fallo de la jueza Martina Forms se transformó en el primer antecedente para avalar otros reclamos de inconstitucionalidad a la Justicia. En este caso, hizo lugar a un amparo formulado por una afiliada de 78 años contra la empresa de medicina prepaga Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires, que es la que presta el Hospital Italiano.

PRIMERA MEDIDA CAUTELAR CONTRA EL AUMENTO

La causa se inició por una presentación de una jubilada de 78 años de edad, que impugnó los dos incrementos anunciados por la prepaga del Hospital Italiano, del 40% y el 29,5% en enero y febrero, respectivamente.

Prepagas: dictan primera medida cautelar contra el aumento habilitado por el DNU

La usuaria M.C.B. argumentó que los incrementos le generaban un estado de incertidumbre como así también "un daño actual a sus derechos, el acceso a la salud, a la vida y a la propiedad privada". 

En este sentido, y por orden de la magistrada, la prestadora de salud deberá "readecuar las cuotas correspondientes a su plan asistencial, dejando sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU 70/23 del PEN, limitándose a efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en los términos del art. 17 (no sustituido) de la ley 26.682 hasta tanto se dicte sentencia definitiva".

La prepaga deberá acreditar el importe cobrado de más a la afiliada en un plazo de 48 horas de dictado el fallo, bajo apercibimiento de ley.

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