CAPITAL FEDERAL (ADNSUR) - En el marco de medidas que está llevando a cabo el Gobierno Nacional en medio de la cuarentena obligatoria, la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no solicitará los datos biométricos de los contribuyentes, con el objetivo de agilizar los trámites que se realicen de manera digital. El organismo recaudador lo había anunciado ayer por la tarde a través de un comunicado de prensa y finalmente la nueva norma fue publicada este viernes en el Boletín Oficial.

A través de la Resolución General 4699/2020 , el organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont anunció la eximición “a los contribuyentes y responsables, hasta el día 30 de junio de 2020 inclusive, de la obligación de registrar los datos biométricos”.

Según explicó la AFIP, la la normativa de definió “a fin de permitir la realización de las transacciones digitales que así lo requieran” en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio, que por el momento se extenderá hasta el domingo 26 de abril. De esta forma, se releva en forma transitoria a los contribuyentes de la obligación de concurrir a las dependencias de la AFIP para registrar su foto, firma y huella dactilar.

“En dicho contexto de emergencia y dada la imposibilidad de los contribuyentes y responsables de concurrir a las dependencias de este Organismo, la Resolución General N° 4.685 previó con carácter excepcional, disponer la utilización obligatoria de la modalidad Presentaciones Digitales para la realización de determinados trámites y gestiones ante esta Administración Federal”, se recordó entre los considerandos de la iniciativa.

Además, entre las medidas llevadas a cabo para hacer frente a la pandemia de COVID-19, la AFIP dispuso un plazo adicional excepcional de 90 días corridos, que se suman a los 180 existentes, para aquellos contribuyentes que deban informar la reorganización de sociedades, fondos de comercio, empresas o explotaciones. Atento a las normas dispuestas para prevenir la propagación del coronavirus, la Resolución General 4700 extiende el plazo con el que cuentan las empresas para cumplir con el reporte de operaciones como fusiones, divisiones, ventas y transferencias.

Por otra parte, ayer venció el plazo de inscripción para que las empresas soliciten el beneficio en el pago de salarios y la reducción de contribuciones patronales. El Programa de Asistencia en Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP) procura garantizar el acceso a las herramientas creadas para amortiguar el impacto económico del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre el entramado productivo.

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