La decisión que deberá tomar el tribunal de Comodoro Rivadavia para resolver si hay juicio o no por los presuntos hechos de corrupción durante la emergencia climática ocurrida en la ciudad hace 7 años, entraña un complejo entramado en el que sólo caben dos conclusiones: o la investigación estuvo mal hecha desde el principio, o el fiscal que debe llevar adelante el juicio subestimó desinteresadamente los hechos bajo investigación.

Hay que recordar que el origen de la investigación se vincula a los trabajos realizados para remover miles de toneladas de lodo acumulado en los oscuros días de la tormenta desencadena el 29 de marzo de 2017, que se prolongó hasta el 9 de abril, con intermitencias, pero acumulando algo más de 430 milímetros de lluvia caída en ese lapso de 10 días.

Para el entonces fiscal Héctor Iturrioz, no hay dudas de que los delitos investigados, que consistirían en maniobras de defraudación al municipio, fueron cometidos por los 13 imputados que él incluyó en el pedio de elevación a juicio, entre ex funcionarios públicos y empresarios o contratistas que pusieron a disposición maquinarias y camiones para realizar los trabajos.

Juicio en suspenso por la emergencia climática: Un caso inédito de “una fiscalía con dos cabezas” y sospechas cruzadas en medio de toneladas de barro

En la hipótesis del ex fiscal y actual ministro de Seguridad, hubo una connivencia entre las partes para defraudar al municipio, al permitirse la facturación de trabajos no realizados, o el cobro de tareas por mayor cantidad de horas o volúmenes efectivamente trabajados.

Sin embargo, quien tomó el caso para llevarlo a juicio una vez concluida la etapa de investigación, Adrián Cabral, no hay elementos suficientes para probar la complicidad de los ex funcionarios implicados. Y por eso hizo el planteo ante el tribunal, antes de que se iniciara el juicio, para sobreseer a quienes se desempeñaban en el municipio, dejando entrever que cambiaría también la acusación contra los empresarios.

Según pudo saber esta agencia, en ese cambio habría también un principio de acuerdo con los demás imputados, quienes se beneficiarían con una salida alternativa, es decir una suspensión de juicio a prueba, en la que eventualmente aceptarían pagar algún tipo de reparación.

Lo inédito del planteo deviene en que la fiscalía, si bien a través de protagonistas diferentes, tiene dos posturas totalmente antagónicas, en las que no hay una mera diferencia de matices o criterios diferentes para encarar el caso.

Juicio en suspenso por la emergencia climática: Un caso inédito de “una fiscalía con dos cabezas” y sospechas cruzadas en medio de toneladas de barro

Para el tribunal presidido por el juez Mariano Nicosia e integrado por los jueces Ariel Tedesco y Martín Cosmaro, la solución no es sencilla. Primero debe definir si es competente para resolver el planteo del ‘nuevo’ fiscal, o si esto deberá ser definido por una instancia superior. Y en segundo lugar, si hace lugar al pedido de sobreseimiento, algo en lo que no parece haber alternativas: es que si el fiscal dice que no hay mérito para sostener la acusación, el tribunal no puede llevar adelante el juicio por sí mismo, con lo cual de por sí el proceso no podría continuar.

¿UNO DE LOS FISCALES MIENTE Y ES INCAPAZ, O EL OTRO ENCUBRE?

El caso sigue siendo extraño porque el criterio planteado por el fiscal Cabral no es unívoco de la fiscalía, ya que fue ese mismo ámbito el que sostuvo la elevación a juicio cuando el titular de la acusación era Iturrioz, en la que además hay otros elementos a considerar. Uno, que los pedidos de sobreseimiento o soluciones alternativas ya habían sido propuestos por las defensas en la etapa de investigación preliminar, pero en dos oportunidades fueron rechazadas por dos juezas diferentes, Laura Martini y Mariel Suárez (hoy destituida), que intervinieron en primera instancia, con criterios que luego fueron respaldados por la Cámara de Apelaciones. El segundo elemento, no menos importante, es la información divulgada por el actual ministro de Seguridad, al señalar que en la investigación surgieron elementos probatorios sobre la participación societaria de Abel Boyero, el ex secretario de Infraestructura imputado en el caso, en una empresa cuyo socio principal socio tiene vinculación con una de las empresas contratadas para realizar trabajos en la emergencia. No se podría decir que el entonces funcionario se contrataba a sí mismo, pero sería una situación bastante cercana a algo que está penado por la ley de obras públicas.

Si este presunto hecho que afirma el ex fiscal es falso, sería de una gravedad extrema, porque significaría que realizó una acusación absolutamente infundada, dando pie a quienes aseguran que la causa tuvo motivaciones meramente políticas (lo que para algunos es claro, cuando señalan que el fiscal terminó siendo funcionario de un gobierno de signo político contrario al que gobernaba el municipio de Comodoro). O en todo caso, reflejaría una incapacidad investigativa de quien era fiscal y hoy es ministro de Seguridad de Chubut.

Aquella incapacidad o interés espurio en la acusación arrastraría también a las otras instancias judiciales que intervinieron a lo largo del proceso, que llevó más de 5 años.  

Juicio en suspenso por la emergencia climática: Un caso inédito de “una fiscalía con dos cabezas” y sospechas cruzadas en medio de toneladas de barro

De lo contrario, si los elementos mencionados son ciertos, entonces el planteo actual del fiscal Cabral estaría tratando de encubrir una situación que colisiona contra todo tipo de ética en la función pública, sin que la comunidad tenga la oportunidad de que el caso se dirima en un juicio oral y público, para evacuar las dudas que rodean al caso. Ya se ha probado, en otros juicios, que hubo funcionarios públicos provinciales que aprovecharon la catástrofe para hacer negocios particulares.

Cualquiera sea la resolución, será difícil evitar la sensación de que los hechos quedan cubiertos por una gran palada de, valga la metáfora sobre el caso, “barro”, aun cuando el deseo de los propios imputados y sus defensores sea el de demostrar su inocencia, presunción de la que gozan todos los ciudadanos, hasta que se les demuestre lo contrario.  

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