RAWSON (ADNSUR) – Los organizadores de eventos que expendan bebidas alcohólicas a menores en las fiestas de egresados deberán pagar una multa de hasta 7.500 pesos, si así lo considera también, previo análisis técnico-legal, el juez de Faltas de Trelew.

Es el monto que establece la ordenanza 7500/99 aprobada por el Concejo Deliberante, que también impone sanciones de hasta 5 mil pesos en caso de que el local habilitado para tal fin cierre fuera el horario establecido, informó Diario Jornada.

Fiestas de egresados: Las multas por vender alcohol a menores llegarán hasta $7500

La autoridad de aplicación de la ordenanza es la Coordinación de Inspecciones Generales de la Secretaría de Gobierno, que al inicio del ciclo lectivo gira a cada establecimiento educativo un informe de requerimientos para organizar la fiesta de egresados. “Tuvimos buena repercusión con esto”, celebró el titular del área, Héctor López.

Y remarcó que “normalmente las comisiones organizadoras de las escuelas se acercan y hacen todo lo que le pedimos. Pero hay algunas que deciden no informar a esta Coordinación porque nuestra ordenanza establece que a las 2 se debe retirar el alcohol de las mesas. Resulta que a esa hora los mayores se retiran y quedan muchos menores en el salón, entonces si se permite el consumo de bebidas podría generar cualquier desmán”.

“Cuando se nos informa, vamos y hacemos los controles necesarios para asegurarnos que todo funcione con normalidad. Cuando no nos avisan, hacemos recorridos y podemos encontrar una fiesta clandestina, pero es muy difícil para los inspectores labrar actas en un lugar que no está habilitado”, indicó.

Según la ordenanza, “estas reuniones deben realizarse en locales debidamente habilitados, debiendo firmar como responsables del evento, al menos, dos personas mayores de edad”.

Y deberán ajustarse a las siguientes formas: “No se podrán extender más de las 6 AM. Se permite el expendió de bebidas alcohólicas sólo a mayores de 18 años durante el desarrollo del evento gastronómico, el que no podrá extenderse más allá de las 2”.

También “deberá recaer la contratación del servicio de gastronomía en empresas debidamente habilitadas”. De lo contrario, no se permitirá la labor de la firma y se suspenderá con intervención de los productos alimenticios.

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