CAPITAL FEDERAL (ADNSUR) - En medio de la pandemia de coronavirus y en un contexto de constante suba en las cifras de desempleo, un nuevo plan estatale busca ayudar a paliar la situación económica vulnerable de aquellas personas sin trabajo.

Se trata del Bono por Desempleo, una ayuda de entre $ 6.000 y $10.000 otorgado a los trabajadores en relación de dependencia despedidos sin causa justa, cuyos montos mensuales serán acreditados entre 2 y 12 cuotas, y el monto al que accederá el usuario dependerá los ingresos del desempleado y los meses trabajados con aportes durante los últimos 3 años.

Requisitos para acceder:

- Encontrarse desempleado habiendo sido trabajador en relación de dependencia despedido sin causa justa, por finalización de contrato o por causas externas.

- Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.

- Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

- Estar comprendido en la Ley de Contrato de Trabajo 24.013.

- Perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributio).

- Perciban cualquier prestación no contributiva, excepto la pensión vitalicia ex combatientes del Atlántico Sur.

- Se encuentren contratados bajo la modalidad de pasantías.

- Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.

- Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o hayan optado por el retiro voluntario.

- Perciban a través de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) una prestación dineraria por accidente de trabajo o enfermedad profesional. No existe incompatibilidad cuando el trabajador deja de percibir la prestación de la ART en razón de producirse el alta médica o la determinación por resolución de un grado de incapacidad permanente definitiva inferior al 66%.

- Pertenezcan a los siguientes regímenes: Trabajo Agrario (se rige por Ley 25191, Decreto 453/2001 y Resolución MTEySS Nº 543/04), servicio doméstico, Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal, establecimientos privados de enseñanza y personal docente de instituciones universitarias privadas.

¿Qué se necesita para acceder al trámite?

- Dependiendo el caso, ANSES solicita distintas documentaciones que acrediten el desempleo además de DNI original más una copia del solicitane..

- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma del empleador.

- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.

- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.

- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.

- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.

- El trabajador cobraba por una Aseguradora de Riesgos del Trabajador (ART) al momento de producirse la finalización del trabajo: alta médica definitiva o resolución por la que se determina un grado de incapacidad laboral permanente definitiva inferior al 66%. Si el porcentaje es mayor y se encuentra tramitando el Retiro por invalidez, deberá presentar un certificado médico de aptitud laboral acorde a su salud.

- El trabajador tenía una enfermedad no adjudicable al ámbito laboral al momento de producirse la finalización del trabajo: certificado médico de aptitud laboral.

¿Cómo iniciar el trámite?

1. Se debe reunir toda la documentación necesaria, tanto personal como familiar. Si hubo intercambio de telegramas con el empleador, se deberá presentar también los telegramas, la constancia de la Secretaría de Gobierno de Trabajo.

2. Pedir turno en Anses

3. Luego se puede consultar la información del día y el lugar asignados para chequearla o cancelar el turno.

4. Presentar la documentación requerida en la oficina consignada en el turno solicitado.

El trámite, remarcaron desde la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), es personal y se cuenta con 90 días hábiles para solicitar la prestación desde la fecha en que se produjo la ruptura de la relación laboral. Después del plazo establecido por cada día hábil transcurrido se descontará un día de prestación.

En caso de obtener trabajo, cabe destacar, se deberá solicitar la suspensión del beneficio en alguna dependencia de ANSES, dentro de los 5 días hábiles luego de haberse incorporado a un nuevo trabajo.

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