Luego de que el oficialismo en el Senado aprobara, a través de una controvertida sesión, el proyecto de ley que busca modificar el impuesto a los Bienes Personales, surgió el interrogante en los contribuyentes respecto a cómo se verán afectados.

La nueva ley busca elevar el monto del patrimonio más bajo alcanzado por el gravamen, subir el nivel de imposición en los casos en que los bienes ubicados en el país tengan un valor superior a los $100 milllones y mantener sin límite temporal la vigencia de alícuotas incrementadas por activos en el exterior, entre otras cosas.

Uno de los puntos destacados de la iniciativa es la suba del mínimo no imponible, el cual incrementará de $2 millones a $6 millones el valor del patrimonio más bajo alcanzado por el impuesto, algo que en un contexto inflacionario, permitrá que menos contribuyentes queden alcanzados por la carga fiscal.

Además, y en la misma línea, en caso de no actualizarse quienes ya lo pagan podrían terminar abonando una tasa mayor sin tener un incremento en su patrimonio.

La actualización del valor exento de la vivienda es otro de los temas a modificar por el nuevo proyecto. Si bien anteriormente estaban excentos solo los inmuebles habitados por su dueño que tuvieran un valor de hasta $18 millones, la cifra se elevará ahora a $30 millones. De esta manera, solo se abonará Bienes Personales por el valor excedente del nuevo valor, el cual se determina considerando el precio de la adquisición menos una amortización anual, comparándolo con el valor fiscal de 2017 y tomando, de esos dos valores, el más alto.

Por otro lado, según la nueva ley cada año habrá una actualización del mínimo no imponible, el valor exento de la vivienda y los montos de alícuotas. Los mismos se determinarán según la variación anual al mes de octubre del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.

Los patrimonios de más de $100 millones tendrán además una suba en el impuesto. En el caso de que sean menores a $300 millones, se deberá abonar un monto fijo de $1.181.250 más el 1,50% sobre el excedente de los 100 millones, mientras que cuando superen los $300 millones el pago será de $4.181.250 más el 1,75%, calculado sobre el excedente del valor de piso. En ambos casos, cabe destacar, se deberán descontar los $6 millones del mínimo no imponible.

Finalmente, habrá mayor imposición por bienes en el exterior, con alícuotas que van del 0,7% al 2,25% sobre el valor de los bienes “que exceda el mínimo no imponible no computado contra los bienes del país”. Para determinar qué alícuota corresponde, se destaca en el proyecto, hay que tener en cuenta el valor de los activos tanto en el país como en el exterior, siendo que si superan los $18 millones se abonará la más elevada.

Con información de La Nación.

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