COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR/EL ANÁLISIS DE LA NOTICIA) - Las distintas investigaciones por hechos de corrupción en Chubut plantean el interrogante en torno a si en algún momento se podrán recuperar los dineros malhabidos que fueron a parar a bolsillos de funcionarios y empresarios, según los casos, a partir del abuso de quienes usufructuaron el cargo para llenar sus propios bolsillos. ¿Cuáles son los mecanismos legales posibles de aplicar, para que la provincia recupere esos recursos para solventar sus propias obligaciones?

1) Reparaciones. Hasta ahora, se conoce una vía de resolución de una de las investigaciones en marcha. Es la posible suspensión de juicio a prueba para 3 empresarios de la construcción, pero que sienta una base de cálculo, a partir de lo explicado por uno de los fiscales de la causa: si se fija como valor de obras por 1 millón de pesos por cada empresario de la construcción involucrado en el pago de coimas a funcionarios públicos, ese esquema aportaría obras por 60 millones de pesos en distintos puntos de la provincia. La propuesta está en análisis, pero los querellantes harán una contra oferta: buscan elevar el valor de esas reparaciones, sobre la base del costo de las obras que fueron objeto de las coimas. Según consta en el expediente, en el período de referencia hubo pagos por 8.000 millones de pesos en concepto de obra pública: si se acepta como base de cálculo que se pagaba un 3% en carácter de “retorno” a los funcionarios que habilitaban el pago, la estimación arroja alrededor de 240 millones de pesos. Sin embargo, de lo que pudieron cotejar los fiscales en las prolíficas planillas que llevaba Diego Luters, la recaudación ascendía a 7 millones de pesos mensuales promedio. Como el período investigado abarca desde febrero de 2016 a octubre de 2017, la recaudación de esa caja negra en 20 meses arroja unos 140 millones de pesos.

2) Decomiso. Esta figura, prevista por el artículo 23 del Código Penal, plantea la posibilidad de que los querellantes reclamen el decomiso de bienes generados o utilizados durante la comisión de delitos. Esta posibilidad se plantea especialmente en torno a la participación de los ex funcionarios públicos, imputados por enriquecerse en forma ilícita, a partir de la asociación ilícita que les permitió el abuso de sus cargos. También podría caber a algunos particulares implicados en estas maniobras. En torno a la causa conocida como “Embrujo”, por ejemplo, se ha estimado que solamente en poder de uno de los funcionarios involucrados, Diego Correa, hay bienes que superan los 30 millones de pesos. En relación a estas investigaciones, la Procuración Fiscal de la provincia ha estimado un monto total del perjuicio en alrededor de 800 millones de pesos.

3) Demanda civil. Esta vía queda abierta a partir de la reserva expresa que ha hecho la Fiscalía de Estado, para demandar reparaciones a través de la acción civil. Ese tipo de demandas se puede plantear independientemente de los resultados que arroje la investigación penal, aun en los casos en que se resuelva por la vía de suspensión del juicio a prueba (es decir, en el que finalmente no se llega a una condena, más allá de que se acepte la reparación). De esta forma, el Estado puede reclamar por la reparación de daños que le fueron causados a partir del accionar de funcionarios o particulares, con la particularidad de que en esta vía no se parte del principio de inocencia, como ocurre en el sistema penal. Esto significa que si un ex funcionario o un particular son demandados, basta con alegar suficientemente el daño provocado por el accionar de aquellos en su vínculo con la función o con contratos de la órbita pública.

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