COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - El pasado miércoles se desarrolló la audiencia de revisión, obligatoria cada seis meses hasta que la sentencia quede firme, para el condenado Rodrigo Soto por el crimen de la joven que amamantaba a su bebé en una habitación y fue alcanzada por tres disparos el 8 de diciembre de 2015. Soto fue condenado por el hecho a 12 años de prisión por ser autor del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego, con dolo eventual” y el tribunal resolvió mantener su prisión preventiva.

El tribunal de revisión estuvo integrado por los jueces Mariano Nicosia y Mariel Suárez; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general; en tanto que la defensa de Soto fue ejercida por Alejandro Fuentes, abogado particular del mismo.

La fiscal se refirió al tenor de la audiencia, el examen obligatorio de los seis meses hasta que la sentencia pase en calidad de cosa juzgada, ya que la última audiencia de revisión se realizó el pasado 14 de diciembre de 2016.

Soto fue condenado en primera instancia a 12 años de prisión y posteriormente la Cámara Penal rechazó la impugnación efectuada por su defensa y mantuvo la sentencia condenatoria del tribunal de primera instancia, es decir se obtuvo el doble conforme.

Posteriormente, se interpusieron recursos extraordinarios ante la Sala penal del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, tanto por Soto como por Serrano (consorte en la causa); por ello todavía no está firme la sentencia condenatoria.

Por todo esto la fiscal solicitó al tribunal que se mantenga la medida de coerción que viene cumpliendo Soto hasta que la sentencia quede firme, fundado en el doble conforme, los elementos de convicción suficientes para tenerlo como autor del hecho y el peligro de fuga.

Por su parte, el defensor solicitó el rechazo de la pretensión fiscal y solicitó el arresto domiciliario de Soto hasta que la sentencia quede firme, ya que se presume su inocencia según el artículo 18 de la Constitución Nacional, hasta que la sentencia no quede firme se presume su inocencia. “Si bien es cierto que existe en el caso un doble conforme, no es argumento sólido para conmover esa presunción de inocencia de la cual aún goza mi defendido”, sostuvo el defensor. Ya lleva un año y siete meses privado de su libertad y por ello reiteró su pedido de arresto domiciliario hasta que la sentencia quede firme, informó la Fiscalía.

Finalmente, el tribunal resolvió mantener la prisión preventiva de Soto hasta que la sentencia pase en calidad de cosa juzgada. Soto fue declarado penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” y condenado a la pena de 12 años de prisión de cumplimiento efectivo. Esta decisión ha pasado el control de la Cámara Penal que rechazó la impugnación ordinaria y confirmó en todos sus términos la sentencia condenatoria. Si bien no se encuentra firme, ya que se encuentra en la Sala Penal, “si hasta el momento ha sido necesaria la medida de coerción para cautelar el proceso, esta medida se debe mantener para cautelar el proceso”, concluyeron los jueces.

EL HECHO

El hecho ocurrió el pasado 8 de diciembre de 2015, aproximadamente a las 01.40 horas, cuando los imputados Soto y Serrano se dirigieron a bordo de un vehículo hasta el frente del predio que ocupa la familia Nieves, con quienes tuvieron previos enfrentamientos, Serrano conduciendo y Soto de acompañante.

Soto sacó parte de su cuerpo fuera de la ventanilla del auto y efectuó disparos de arma de fuego en contra de la familia Nieves. Tres de dichos proyectiles impactaron en la víctima, Anahí Copa, quien se encontraba en su cama amamantando a su bebé.

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