COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Este viernes se realizó en Tribunales la audiencia de apertura de la investigación por el homicidio del marinero Oscar Aguirre, ocurrido el 8 de abril de 2019. Allí, el juez estableció cuatro meses de plazo para la investigación y la prisión preventiva del mismo por el término por dos meses.

La fiscal realizó un breve relato del hecho a investigar y repasó que "el 8 de abril del año pasado a las 2 horas, aproximadamente, Diego Matías Hernández se encontraba en su domicilio de la calle Código 909 s/n°, del barrio Las Américas de esta ciudad junto a Oscar Ramón Aguirre y otras personas cuya identidad no pudo determinarse. En esas circunstancias, y por causas que se investigan, Hernández le asestó a Aguirre dos puñaladas en el abdomen afectando una de ellas el corazón. 

Posteriormente, Hernández ingresó el cuerpo de Aguirre, quien aún estaba con vida, al vehículo Chevrolet Corsa de su propiedad, dirigiéndose hasta el domicilio de su madre, en la calle Granadero al 3500 de esta ciudad, a quien le manifestó que se había mandado una cagada, que había apuñalado a un hombre. Luego de ello, se dirigió con su vehículo hasta la intersección de calles Las Margaritas y Huergo, del barrio San Martín, iniciando un incendio sobre el Chevrolet Corsa con Aguirre en su interior, quien estaba en el asiento trasero, sin conocimiento, debido a la pérdida de sangre sufrida, situación que era conocida por el imputado, quien aprovechó dicha indefensión para cumplir su cometido", resumió la fiscal.

Agregó que la policía, "que tomó conocimiento del hecho por parte de los Bomberos que fueron al lugar se hizo presente en la zona y luego de apagado el fuego, abrieron el vehículo y procedieron al hallazgo del cuerpo incinerado". 

Según los resultados de la autopsia la causa de muerte fue la “concusión de taponamiento cardíaco por herida de arma blanca en tórax y quemaduras extensas”, dijo y calificó provisoriamente el hecho como “homicidio agravado por alevosía” en calidad de autor para Hernández.

A su vez, pidió el plazo de cuatro meses de investigación y dos meses de prisión preventiva en base a los elementos de convicción suficientes existentes para tener al imputado como probable autor del hecho investigado, la existencia del peligro de fuga, por las características graves del mismo y la pena en espera, en caso de recaer condena.

Por su parte, el defensor cuestionó el relato del hecho refiriéndose a “una deficitaria tarea de pesquisa” argumentando la no existencia del peligro de fuga ya que su defendido transitó libremente todo este tiempo por las calles de su barrio y no fue aprehendido por la policía. También puso en duda la autoría del hecho por parte de Hernández, postulando su inocencia.

Pidió su libertad con presentaciones semanales ante la Oficina Judicial y no cuestionó el plazo de cuatro meses de investigación requerido por la fiscal.

Finalmente, el juez penal dijo no coincidir con los argumentos del defensor ya que el imputado no podía desconocer que había una orden de detención en su contra y se mantuvo todo este tiempo en libertad porque estuvo evasivo de la Justicia. También resolvió formalizar el hecho relatado por la fiscal en contra de Hernández, dándolo por anoticiado del mismo, y por asegurada su defensa técnica.

Estableció cuatro meses de investigación y la prisión preventiva del mismo por el término por dos meses, en base a la probabilidad de autoría y la pena en expectativa.

Presidió el acto Alejandro Soñis, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Calila Banfi, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado Hernández fue ejercida por Mauro Fonteñez, abogado particular del mismo.

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