Cristina Fernández de Kirchner fue condenada el 6 de diciembre de 2022  a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos  por asociación ilícita,  por las obras públicas que recibió el empresario Lázaro Báez durante su gestión.

Este jueves los jueces del Tribunal Oral Federal 2 de Comodoro Py, Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, dieron a conocer los argumentos que llevaron a fijar dicha condena contra la vicepresidenta de la Nación.

En un extenso documento de más de 1.600 páginas, el Tribunal Oral Federal 2 dio a conocer los fundamentos de su veredicto en la causa Vialidad y desde ahora todas las partes podrán apelarlo ante la Cámara Federal de Casación Penal, entre ellas la defensa de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchnercondenada a seis años de prisión en el juicio que culminó el 6 de diciembre pasado. Para eso, tendrán 10 días hábiles, pero es probable que pidan una prórroga de ese plazo por lo extenso y complejo del caso.

El tribunal condenó a Cristina Kirchner y a otras ocho personas, entre ellas Báez, el ex secretario de Obras Públicas José López, el ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad Nelson Periotti y a cinco ex funcionarios de Santa Cruz a penas de entre seis y tres años de prisión. Los jueces entendieron que cometieron el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración en la entrega de 52 obras públicas para la provincia a las empresas de Báez.

Los jueces habían dado a conocer un escrito con los argumentos, pero este jueves los darán a conocer en forma presencial.
Los jueces habían dado a conocer un escrito con los argumentos, pero este jueves los darán a conocer en forma presencial.

Los fundamentos 

El TOF2 concluyó que entre 2003 y 2015 hubo "manifiesta connivencia y protección de cuanto organismo estatal fuese necesario para garantizar la plena actividad del consorcio empresarial controlado por Lázaro Báez".

Para los jueces se probó “la existencia y funcionamiento de una asociación ilícita de carácter estable y permanente ideada con motivo de un acuerdo de voluntades entre los ex Presidentes de la Nación, Néstor Kirchner y Cristina Fernández, ex funcionarios públicos de distintas agencias estatales y otras personas de su extrema confianza, montada en base a una división de roles definidos y estratégicos dentro y fuera de la estructura administrativa del Estado, y sostenida ininterrumpidamente a lo largo de más de 12 años, destinada a cometer múltiples delitos para sustraer y apoderarse ilegítimamente y de forma deliberada de millonarios fondos públicos”.

Puntualizaron que “la integración de esta organización criminal tuvo como jefes a los ex primeros mandatarios Néstor Carlos Kirchner y Cristina Elisabet Fernández, y como organizadores al ex Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios Julio Miguel De Vido, al ex Secretario de Obras Públicas José Francisco López, al ex Subsecretario de Coordinación de Obra Pública Federal Carlos Santiago Kirchner, al ex Administrador General de la Dirección Nacional de Vialidad Nelson Guillermo Periotti, al amigo personal y socio comercial de los ex Presidentes, Lázaro Antonio Báez, entre otras personas”.

Asimismo, los magistrados agregaron que “para lograr sustraer los fondos del Estado, los miembros de esta asociación, entre otros planes delictivos, escogieron a la obra pública vial como uno de los medios propicios para obtener el dinero del Tesoro Nacional; convirtieron en empresario de la construcción a Lázaro Báez, a quien habrían de enriquecer a lo largo de 12 años a expensas del interés de la sociedad; seleccionaron a la provincia de Santa Cruz como el lugar en donde con la colaboración de funcionarios locales se ejecutaría la matriz de corrupción; y apoderarse ilegítimamente y de forma deliberada de millonarios fondos públicos".

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