Este lunes por la noche vence el plazo para la recategorización del Monotributo, según la decisión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Este período corresponde al semestre julio-diciembre del 2023. Desde el organismo informaron que quienes deben realizar este trámite son aquellas personas cuyos ingresos hayan sido superiores o inferiores a los de la categoría vigente en la actualidad.

Para realizar la recategorización, deberán ingresar a la web monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal. Aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deben efectuar ninguna acción.

Por otro lado, desde AFIP indicaron que si transcurrieron menos de seis meses desde la inscripción en el monotributo, no corresponde realizar la recategorización.

Se vence el plazo para la recategorización del monotributo: cómo realizarla

El procedimiento para la recategorización tiene los siguientes pasos:

🔹Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.

🔹Seleccionar la opción "recategorizarme" (automáticamente el sistema informará la categoría actual y los topes de cada parámetro).

🔹Seleccionar "continuar recategorización". Luego, ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente, que se debe confirmar en la opción "confirmar categoría".

🔹Imprimir la nueva credencial.

CUÁLES SON LOS NUEVOS PARÁMETROS POR CATEGORÍA

En el caso de los ingresos máximos permitidos, de acuerdo con la tabla publicada por el organismo, los valores son los siguientes:

🔸Categoría A: $2.108.288

🔸Categoría B: $3.133.941

🔸Categoría C: $4.387.518

🔸Categoría D: $5.449.094

🔸Categoría E: $6.416.528;

🔹Categoría F: $8.020.660

🔹Categoría G: $9.624.793

🔹Categoría H (escalón más alto para la prestación de servicios): $11.916.410.

Se vence el plazo para la recategorización del monotributo: cómo realizarla

En las tres categorías en las que solo se admite a quienes se dedican a la venta de cosas muebles, los topes de ingresos son de $13.337.213 (I); $15.285.088 (J), y $16.957.968 (K).

Además de esos topes, también subieron (en este caso, un 110,9%, ya que no habían sido actualizados en julio), los importes de los alquileres devengados anualmente, correspondientes a inmuebles afectados a la actividad. En los escalones más altos la cifra alcanza $1.941.795. Y, además, el precio unitario máximo que puede tener un producto comercializado por un monotributista se incrementó de $85.627 a $180.589 a partir de enero.

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