Luego del DNU presentado por Javier Milei este miércoles, las empresas de medicina prepaga empezaron a informar los aumentos a sus asociados. Los valores rondan en un 40% en las cuotas a partir del mes de enero. 

"Atento a la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional y contenida en el DNU Nro. 70/2023 publicado en el Boletín Oficial el día 20 de diciembre del corriente, corresponde informarle que a través del mismo se posibilita la recomposición de los precios de los planes vigentes a los fines de cubrir los desfasajes de costos producidos fundamentalmente en los últimos meses como consecuencia de diversos factores", establece un comunidado de Swiss Medical.

El anuncio surge horas después de que Claudio Belocopitt, dueño de Swiss Medical y presidente de la Unión Argentina de Salud (UAS), anticipara subas del 50%.

El empresario sostuvo que "el aumento promedio de atraso para amortiguar parcialmente los impactos va a estar entre 40% y 50% en enero" y consignó que "esa fórmula fue armada para una inflación del 3% mensual y no para una del 25% o 30%" como sucede en la actualidad".

"S procederá a incrementar el valor de las cuotas del mes de enero del 2024 en un 40 % calculado sobre el valor de la cuota del mes de diciembre de 2023, prorrogando la fecha de vencimiento de la cuota para el día 22 de enero 2024".

"En tal supuesto, dicho incremento incluirá el que le fuese informado en el mes de noviembre próximo pasado", agrega. 

El DNU introdujo cambios al marco regulatorio de medicina privada, liberando los precios de las cuotas y permitiendo a los afiliados redireccionar de forma directa sus aportes de salud a estas empresas.

Prepagas informan fuertes aumentos para enero: de cuánto serán

Entre los considerandos del decreto se señala que la liberalización de precios permitirá "aumentar la competitividad del sistema".La modificación a la Ley 26.682 -aprobada en 2011- le quita la potestad al Estado de "revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones" y elimina la comisión permanente que regulaba las prepagas que contaba con representantes del Ministerio de Salud y de Economía, al igual que el Consejo Permanente de Concertación que contaban con integrantes ad-honorem de Salud, y entidades representativas de los usuarios y las empresas.

También anula la obligación de las empresas de transferir a los afiliados a otra empresa en el caso de quiebra. Además de no poder regular los precios, la autoridad de aplicación no tendrá capacidad de fijar los aranceles mínimos obligatorios ni regular los modelos de contratos.

El único criterio que quedará vigente para las cuotas de las prepagas es que haya una variación máxima de tres veces entre el precio diferencial para los planes de la primera y la última franja etaria.

Hasta ahora, los aumentos debían ser autorizados por el Estado en función de criterios de razonabilidad y de variaciones de la estructura de costos de la firma: para ello, desde la administración de Alberto Fernández, se utilizaba un Índice de Costos de Salud que era publicado mensualmente por la Superintendencia de Servicios de Salud, el cual sustituyó los aumentos discrecionales que autorizaba el Poder Ejecutivo en los gobiernos anteriores.

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