CHACO - El pasado miércoles el presidente Alberto Fernández informó las nuevas restricciones que entran en vigencia desde este viernes para intentar frenar la cantidad de contagios de la segunda ola de coronavirus. A partir de estas medidas, el gobernador de Chaco, Jorge Capitanich, firmó un decreto en el que adaptó y engrosó las limitaciones a nivel provincial. Entre otras medidas, habilitó a las empresas estatales de servicios públicos a cortar el suministro a aquellos usuarios que lo utilicen para incumplir las directivas establecidas. La medida está dirigida a evitar o castigar la realización de fiestas clandestinas.

"Se faculta a las empresas del estado provincial prestadoras de servicios públicos a arbitrar los medios y a ejercer las acciones necesarias a fin de verificar si el inmueble en cuestión, cuenta con suministro en forma regular y se encuentra habilitado en legal forma", indica el documento.

Meses atrás la provincia implementó el control de los eventos a través de una plataforma digital, en la que debía registrarse el inmueble para que pueda ser monitoreado por las fuerzas de seguridad. Las celebraciones pueden realizarse pero cumpliendo un protocolo que define cantidad de personas, una duración determinada y la implementación de medidas de bioseguridad. Toda aquella fiesta que no aparezca registrada en el sistema es considerada clandestina y los organizadores reciben sanciones económica.

"Recibimos muchas denuncias, incluso de dueños de salones que sí cumplen, y observamos que había muchas personas que eran reincidentes y que no pagaban las multas. Nos reunimos con la procuración y fiscales y decidimos establecer una medida ejemplificadora", detallaron sobre el corte de suministro a los infractores

Según reseña TN, los presuntos infractores pueden realizar su descargo, y si pagan la multa, el servicio se reestablece.

"Hay personas que no comprenden la gravedad de la situación", justifican desde el gobierno.

En Chaco también se prohíbe también la realización de reuniones y de eventos en espacios cerrados bajo cualquier modalidad o motivo, a excepción de los encuentros familiares de grupos convivientes. En espacios abiertos, el máximo permitido de asistentes es de 20 personas.

Casinos, cines y centros comerciales estarán habilitados con un máximo de asistentes que representen una ocupación de hasta el 50% de la superficie del lugar. La misma regla se aplicará a gimnasios y otros espacios donde se lleven adelante actividades físicas y deportivas, como también en el caso de Iglesias, cultos y celebraciones religiosas.

Por último, los locales gastronómicos podrán funcionar de 8 a 24 bajo un sistema de turnos establecidos a través del a plataforma “Tu Gobierno Digital” y se restringirá la circulación de personas en el horario comprendido entre las 00.00 y las 06.00, a excepción de trabajadores esenciales y actividades habilitadas.

Con información de TN

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