Su padre biológico, por más de 30 años, la trató como si fuera su sobrina, aunque la familia y el entorno conocía la verdad. Tras una demanda, tuvo que reconocer la paternidad. 

Un fallo ordenó que por el daño moral y psicológico, el hombre también deberá indemnizarla. 

La demanda de filiación fue presentada en el juzgado Multifueros de El Bolsón. No solo le fue negada la paternidad, sino que también la desplazaron de su hogar de toda la vida y su padre donó el campo a sus hermanas, excluyéndola.

El hombre dijo ser víctima de la situación, ya que manifestó tener problemas en su vida familiar y laboral, y culpó a la hija por haber tardado tres décadas en iniciar la demanda de paternidad.

“Las mujeres de las zonas rurales corren el riesgo de ser víctimas de violencia a causa de la persistencia de actitudes tradicionales relativas a la subordinación, tal como lo menciona la CEDAW”, señala la sentencia. 

La presentaba como su sobrina pero era su hija: la mentira duró 30 años y ahora deberá indemnizarla

Inicialmente, la mujer inició un juicio de filiación, ante la negativa del padre de reconocerla como hija legítima. Un fallo ordenó la filiación. Posteriormente, inició la demanda por los daños y padecimientos morales y psicológicos sufridos a lo largo de su vida. Destacó que nunca estuvo  presente en su niñez ni contribuyó con su crianza. 

Fundamentos del fallo

"Presenta características de estado de angustia y depresión por la falta del reconocimiento y abandono de su padre. Se crió con una abuela hasta los quince años. A ello se suma que en el pueblo las personas le hacían notar el parecido físico con su padre biológico, además de observar que sus hermanas tenían otra calidad de vida. Fue además obligada a guardar silencio”, reza la pericia psicológica del caso.

La sentencia consideró que la víctima se “ha visto discriminada por su padre, siendo colocada en una situación de desigualdad con el resto de sus hijos. Observo, un actuar desatinado y hasta de violencia económica en el creer que nada le debe en concepto económico a su hija, cuando no estuvo en su niñez, la negó siempre, la condenó a aparentar ser quien no era, jamás pagó cuota alimentaria alguna y como corolario intenta desplazarla de sus derechos hereditarios. Considero que  mentir primero y confirmar después lo que negó, constituye violencia psicológica, tal como quedó demostrado en el expediente de filiación incorporado a las presentes actuaciones”, explica el fallo.

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