COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) – Este viernes se desarrolló la audiencia de modificación del objeto procesal, de testimonio y de revisión de la prisión preventiva de los coimputados en causa de estafas Juan Carlos Cuellar Gamboa y César “Chatrán” Hernández. La fiscal solicitó la modificación del objeto procesal y escindir la causa de la prostitución y la que investiga estafas con automotores. También solicitó el mantenimiento de la medida de coerción para Hernández y de arresto domiciliario para Cuellar Gamboa. Asimismo en la jornada declaró voluntariamente Hernández y se resolvió tener por modificado el objeto procesal recalificando el hecho, quitándole la figura de asociación ilícita. En igual sentido se dictó la continuidad del arresto domiciliario de Cuellar Gamboa y la libertad en el presente legajo de Hernández, aunque seguirá detenido en otros tres legajos que pesan en su contra.

Foto: Ministerio Público Fiscal

Presidió el acto la jueza penal Daniela Arcuri; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general; la defensa de Cuellar Gamboa la ejerció Viviana Barillari en tanto que la de Hernández, Lilian Borquez, ambas defensoras públicas.

En un primer momento la fiscal solicitó la modificación del objeto procesal del hecho y así escindir la causa de la prostitución y la que investiga estafas con automotores. Solicitando en esta última sean unificados tres legajos con una nueva calificación jurídica. Por otro lado la causa de la prostitución seguirá su curso. La nueva calificación legal para Cuellar Gamboa es de “robo agravado de automotor en la vía pública en concurso real con utilización de instrumento público falsificado y autor de estafa simple”. En tanto que para Hernández la nueva calificación es de “estafas simples, dos hechos” en calidad de coautor, informó el Ministerio Público Fiscal.

Por su parte la defensora de Cuellar Gamboa se opuso a la modificación del objeto procesal ya que no tiene especificadas las maniobras, acciones o conducta de su asistido y así afecta el derecho de defensa. Respecto de la utilización de instrumento público se desvanece la intensión dolosa ya que él desconocía que era falso. Se debe aclarar con precisión el hecho que se le imputa, concluyó.

En idéntico sentido se pronunció la defensora de Hernández, oponiéndose a la modificación del objeto procesal. No se señala cuando y con quién se relacionaron las operaciones de venta. Esto afecta el derecho a defensa de su asistido. Los contratos de alquiler de las camionetas fueron suscriptos en una escribanía de Santa Cruz, en Pico Truncado. Por todo ello solicitó el sobreseimiento de Hernández por los delitos de asociación ilícita y estafas.

LA DECLACIÓN DE HERNÁNDEZ

En su nueva declaración voluntaria Hernández sostuvo que “esto lo tomo como una persecución fiscal hacia mí”. Se siente vulnerado en todos sus derechos ya que no tiene ninguna relación con Benítez no con Pulley. Se refirió a la “falta de objetividad del Ministerio Público Fiscal” ya que se hicieron allanamientos donde no debían y “te estigmatizan”. Siempre se sometió al proceso y en “mi primer declaración dije los hechos como sucedieron”, aseguró. Reclamando que su consorte de causa Cuellar Gamboa tiene arresto domiciliario y él está detenido; y “que se deje de mentir a la sociedad” ya que “nunca intenté negociar nada”, concluyó Hernández.

MEDIDAS DE COERCIÓN

A continuación la fiscal Banfi requirió la continuidad de la prisión preventiva que viene cumpliendo Hernández, aunque rige su estado de inocencia, ya que sigue vinculado a tres legajos de investigación con el fiscal Cabral, que ya fueron elevados a juicio. Solicitando su prisión preventiva por la existencia de elementos de convicción suficientes, el peligro de fuga y la reiteración delictiva. Por todo ello debe mantenerse su prisión preventiva, aseguró la fiscal. Respecto de Cuellar Gamboa, que fuera beneficiado durante la feria con arresto domiciliario, solicitó se mantenga dicha medida por el término de un mes al igual que la prisión preventiva de Hernández.

Por su parte la defensora de Cuellar Gamboa solicitó su libertad ya que el peligro de fuga no es tal, y tampoco existe riesgo de entorpecer la investigación. Subsidiariamente se mantenga su arresto domiciliario. En la misma sintonía la defensora de Hernández solicitó su libertad ya que la reiteración delictiva no es motivo para pedir una medida de coerción tan grave.

RESOLUCIÓN

Finalmente la jueza penal resolvió tener por modificado el objeto procesal ya que a su entender reúne los requisitos mínimos exigidos por la Ley. Para la jueza el primer hecho en contra de Cuellar Gamboa fue un robo simple, quedando la calificación jurídica como “robo de automotor en concurso real con utilización de instrumento público falsificado, en calidad de autor; en concurso real con dos hechos de estafas, como coautor”. En cambio para Hernández “dos hechos de estafas en concurso real”, por ello estableció su libertad en este legajo, aunque sigue detenido con preventiva en los otros tres legajos del fiscal Cabral. En cuanto a Cuellar Gamboa sigue vinculado a la causa de la prostitución, pero subsiste el peligro de fuga y la pena que se espera por la gravedad del hecho. Ha sido acusado de explotación económica de la prostitución y facilitación de la prostitución, con un mínimo de 4 años, en caso de ser condenado, por esto prorrogó su arresto domiciliario por el término de un mes.

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