Este viernes después del mediodía se realizó de manera semipresencial la audiencia preliminar por un hecho acontecido el pasado 22 de agosto de 2020 que tiene como coimputados a dos miembros de la fuerza policial: el Cabo José Rosales y el Oficial Ayudante Mario Quiñenao, por "falsa denuncia" respecto al daño recibido por el móvil policial que tenían a cargo.

Luego de que la funcionaria de fiscalía oralizó la acusación, ofreció prueba documental y testimonial; solicitó se eleve la causa a juicio oral y público. Por su parte la defensa no planteó objeción a la acusación, ni al ofrecimiento de prueba de la acusadora. Finalmente la jueza penal resolvió declarar admisible la acusación y elevó la causa a juicio oral y público.

Presidió la preliminar Daniela Arcuri, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Belen De La Canal, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de los imputados fue ejercida por María Fernanda Cárdenas, abogada particular de los mismos.

El ilícito incluido en la acusación ocurrió el 22 de agosto de 2020, siendo las 10:50 horas aproximadamente, cuando José Valentín Rosales y Mario Alberto Quiñenao, ambos efectivos policiales de la Seccional Cuarta de policía de Comodoro, denunciaron falsamente que en circunstancia en que se encontraban de patrullaje a bordo del móvil policial, por calle Socompa y Onas del Barrio Ceferino de esta ciudad, fueron embestidos de frente por un rodado marca Ford, color blanco, que circulaba a alta velocidad y que luego se dio a la fuga.

Dicha noticia criminis fue falsa dado que fueron los efectivos policiales nombrados quienes embistieron el rodado marca Ford Orion, color blanco, propiedad del damnificado el cual se encontraba estacionado en el domicilio sito en calle Socompa al 800, ya que se encontraba realizando trabajos de albañilería en el interior. Siendo el presente hecho captado por las cámaras de seguridad ubicadas en un domicilio de calle Socompa donde se visualiza todo el accionar. Calificando jurídicamente el mismo como “falsa denuncia” en calidad de “coautores” para Rosales y Quiñenao.

Seguidamente se realizaron convenciones probatorias y la defensa hizo reserva de ofrecer testigos al inicio del juicio.

Finalmente la jueza penal resolvió declarar admisible la acusación ya que el hecho quedó debidamente circunstanciado con la prueba testimonial y documental ofrecida. Dictando por último el auto de apertura a juicio ante un tribunal unipersonal.

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