RAWSON (ADNSUR) -

RAWSON (ADNSUR) - El abogado defensor del imputado había solicitado una audiencia la que se realizó en la oficina judicial de Rawson en medio de un gran despliegue policial para evitar incidentes ante la presencia de familiares y amigos de la víctima que en las últimas semanas han manifestado clara disconformidad con las resoluciones judiciales que se han venido tomando.

Romero solicitó la audiencia para pedir por la inmediata libertad de Oscar Naya teniendo en cuenta el cambio de carátula de la causa que alivió sustancialmente su situación y otras argumentaciones legales, entre ellas el tiempo que lleva detenido.

Sin embargo la postura de Zaratiegui fue contundente. Tuvo en cuenta la “gravedad del daño causado, las características que rodearon al hecho y a la víctima, un adolescente que jugaba en el lugar con amigos. Además se debe tener en cuenta al autor del hecho, conocedor de armas y de la zona donde se produjo el incidente. Su negligencia fue gravosa, debió tener en cuenta los resultados y haber tomado los recaudos. La acción fue altamente imprudente”, destacó. Agregó Zaratiegui que a su criterio la pena que le cabe a Naya “se aleja del mínimo para esa calificación (el homicidio culposo prevé una pena mínima de seis meses prisión) y se acerca al máximo de la pena (cinco años). Luego, dirigiéndose con la mirada a la madre del adolescente fallecido, destacó que “ninguna pena que determine la Justicia puede reparar el daño causado”.

PEDIDO DE LA DEFENSA

Para el nuevo abogado defensor de Oscar Naya, el delito y su calificación legal a la que arribó la Cámar de Apelaciones y antes, uno de los integrantes del tribunal de enjuiciamiento, la juez Ana Servent, permite la inmediata libertad del imputado. Para  Romero se trató de un hecho en el que el imputado “no tuvo cuidado, pero jamás pudo prever el resultado fatal de terminar con la vida del adolescente. Su falta de previsibilidad está al límite de la inimputabilidad. Fue un caso fortuito. Se trata de la llamada culpa inconsciente por lo tanto se debe aplicar la opción mínima al momento de la pena para este delito”.

Romero tuvo en cuenta y así se lo hizo saber además al juez Zaratiegui, que su cliente lleva un año y 3 días prisión. “Mi postura se basa en jurisprudencia y posturas  de jurisconsultos que no son precisamente garantistas”, destacó.

Indicó además que el Ministerio Público Fiscal “perdió en el juicio”, al mantener en todo momento la hipótesis del homicidio simple, es decir que Oscar Naya “mató intencionalmente” al adolescente. “Así lo manifestó expresamente la Cámara de Apelaciones y lo señaló su integrante el juez Alejandro Defranco. La hipótesis del Ministerio Público Fiscal fue rechazada por lo que ahora no  puede subirse al caballo de la querella impugnado la resolución”.

Para el Ministerio Público Fiscal representado por la fiscal general Griselda Encinas, la admisibilidad de la impugnación la debe resolver el Superior Tribunal de Justicia. Al fijar la postura de la continuidad de la detención de Oscar Naya, Encinas destacó la “gravedad” del hecho y el “daño ocasionado” al que calificó de “incalculable”.

EL QUERELLANTE

El querellante Carlos Villada pidió que Naya siga detenido y se opuso a la postura del defensor Romero. Destacó en esta audiencia que la determinación o no de la libertad de Naya, le corresponde al tribunal que debe analizar la sesura de pena.

Cabe destacar que el querellante Carlos Villada en representación de la familia de la víctima mantuvo la postura de que se trató de un homicidio con dolo eventual o en tal caso un homicidio culposo como “hipótesis subsidiaria”. Para Romero esta segunda posibilidad que siempre tuvo en cuenta la querella, al ser coincidente con lo resuelto por la Cámara de Apelaciones que revisó la sentencia original, implica que “la no existencia de agravios, por lo tanto tampoco puede impugnarla ante el Superior Tribunal de Justicia”.

DOS TRIBUNALES

Tanto Oscar como Eduardo Naya habían sido condenados por Darío Arguiano, Sergio Piñeda y Laura Servent a 10 y 8 años respectivamente por homicidio con dolo eventual en una decisión forzada por 2 a 1 por la muerte del joven adolescente capitalino el 9 de diciembre del año pasado en la playa “El Sombrerito”. Tras ese fallo, en agosto de ese año, el 12 de diciembre pasado  otro tribunal y por unanimidad, la Cámara de Apelaciones de Trelew, trocó el dolo eventual por el de homicidio culposo, en coincidencia con la doctora Ana Servent, que votó en disidencia en el Juicio Oral y Público. La decisión de esa Cámara permitió a Eduardo Naya recuperar la libertad al no estar prevista la figura del partícipe necesario en el homicidio culposo.

El hecho se produjo en esa playa  distante a unos 7 kilómetros al norte de Playa Unión, cuando los imputados se hallaban cazando guanacos con un fusil. Fue el  9 de diciembre del 2014. Emmanuel Puebla Pires de 16 años fue alcanzado por una bala que le causó la muerte instantánea. El proyectil fue disparado por Oscar Naya, que se hallaba cazando con su hijo Eduardo.

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