En octubre las cuotas de la medicina prepaga subirán un 11,53%, de acuerdo con lo autorizado a las entidades de ese sector por el Gobierno nacional.

El incremento, que es el octavo de este año y que las empresas ya están comunicando mediante notas a sus afiliados, surge de la aplicación de un mecanismo vigente desde este mes de agosto, en el cual los precios de los planes de salud llegaron con un reajuste de 11,34%. 

Al décimo mes de 2022 y desde enero, el alza acumulada llega a 87,9%, en tanto que en 12 meses el reajuste es de 104,8%.

En diciembre, en tanto, se sumará otro reajuste, según una normativa elaborada por el Ministerio de Salud. En abril de este año, de hecho, la cartera que conduce Carla Vizotti estableció, mediante una resolución, un sistema automático para el ajuste de las cuotas, que regirá al menos para lo que resta de 2022. 

POR QUÉ AUMENTAN TANTO LAS PREPAGAS

El mecanismo de ajuste de cuotas está basado en el avance de un índice de costos de la prestación de salud elaborado por el propio Gobierno. Según lo entonces dispuesto y las modificaciones que introdujo otra resolución, la 1293, a fines de junio, las autoridades deben publicar cuánto subieron, al último día de los meses pares del año, los costos del sector sanitario en un bimestre. Y el porcentaje indicado para cada período es el índice en el que las prepagas pueden subir sus precios. Los aumentos deben ser comunicados a los asociados a sus planes con al menos 30 días de anticipación

Para el armado del índice se consideraron cuatro elementos. El primero incluye los costos vinculados con los recursos humanos y se consideran, puntualmente, los porcentajes de mejora salarial incluidos en las negociaciones paritarias para el personal de sanidad que trabaja en las clínicas privadas. Otro rubro es el de los valores de los medicamentos, para el cual se observa la evolución de los valores de referencia de un listado de productos, elaborado por las autoridades de Salud. Los precios de los insumos médicos son el tercer ítem del índice, y se toma en cuenta la variación del rubro “Productos medicinales, artefactos y equipos para la salud”, que conforma el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec. Finalmente, para definir la variación del cuarto ítem, denominado “otros insumos y gastos generales”, se usa la variación del IPC. El factor que más peso tiene para el cálculo del índice es el de recursos humanos.

La normativa también prevé que las entidades financiadoras (prepagas) deben trasladar una determinada porción del aumento aplicado a las cuotas a los aranceles que les pagan a los prestadores (clínicas, sanatorios, centros de atención y de prácticas de diagnóstico en general). Tanto para el caso de agosto como para el de octubre, se dispuso que se ese reajuste de valores debe ser del 90% del índice de suba de precios. Por eso, con el incremento del décimo mes del año, las prepagas deberán actualizar en un 10,38% los valores pagados a quienes dan servicios médicos.

Con información de La Nación

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