Las empleadas domésticas en Argentina atraviesan un período de incertidumbre salarial. Desde febrero de 2025, el sector no recibe aumentos, ya que la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) no ha emitido nuevas resoluciones ni convocado a la mesa paritaria para discutir una actualización de haberes. 

Así, los salarios mínimos continúan rigiéndose por los incrementos dispuestos en la Resolución 1/2025, que estableció dos subas consecutivas: un 1,3% retroactivo a diciembre de 2024, pagado en enero de 2025, y un 1,2% adicional sobre los sueldos de enero, abonado en febrero.

La falta de nuevas negociaciones mantiene congelados los ingresos de un sector históricamente postergado, en un contexto de alta inflación y pérdida de poder adquisitivo. La expectativa está puesta en la próxima reunión de la CNTCP, que debería definir el incremento correspondiente a junio, aunque hasta el momento no hay fecha confirmada.

Las empleadas domésticas no reciben un aumento en 2025
Las empleadas domésticas no reciben un aumento en 2025
Primera Edición

LA ESCALA SALARIAL DE LAS EMPLEADAS DOMÉSTICAS VIGENTES EN JUNIO 2025

Si no se publica una nueva resolución, los valores mínimos para el personal doméstico en junio serán los mismos que en mayo. Las escalas, diferenciadas por categoría y modalidad (con o sin retiro), son las siguientes:

CategoríaCon retiro (por hora)Con retiro (mensual)Sin retiro (por hora)Sin retiro (mensual)
Supervisor/a$3.454$430.878$3.783$479.950
Personal para tareas específicas$3.270$400.310$3.585$445.613
Caseros$3.089$390.567--
Asistencia y cuidado de personas$3.089$390.567$3.454$435.246
Tareas generales$2.863$351.233$3.089$390.567

Estos montos corresponden a trabajadoras debidamente registradas, según lo dispuesto por la ANSES y el sistema ARCA (ex AFIP). Además del salario, los empleadores deben abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.

LA IMPORTANCIA DE LA REGISTRACIÓN LABORAL

La registración formal de la relación laboral no solo es una obligación legal, sino que garantiza derechos fundamentales para las trabajadoras domésticas: acceso a la seguridad social, aportes jubilatorios, cobertura por accidentes de trabajo, licencias (incluyendo maternidad) y obra social.

La Ley N° 26.844, vigente desde 2013, establece que todos los empleadores deben registrar a su personal, sin importar la cantidad de horas trabajadas ni la modalidad de contratación.

Registrar a una empleada doméstica también protege al empleador frente a eventuales demandas legales y evita sanciones por trabajo informal. El trámite se realiza a través del portal de casas particulares de AFIP, utilizando CUIL, CUIT o CDI y clave fiscal nivel 2 o superior. 

Cómo registrar a una empleada doméstica
Cómo registrar a una empleada doméstica
Foto: captura ARCA

El procedimiento implica ingresar al portal, seleccionar la opción "Empleador", completar los datos requeridos y emitir la constancia de alta. Alternativamente, el alta o baja puede gestionarse telefónicamente llamando al 0800-222-2526, de lunes a viernes de 9 a 16 horas.

Además, es obligatorio abonar mensualmente el seguro de riesgos del trabajo (ART) mediante el formulario F. 575/RT y realizar los pagos de aportes y contribuciones al inicio del mes siguiente al alta.

DERECHOS Y OBLIGACIONES: TODO LO QUE HAY QUE SABER

  • El registro es obligatorio para todas las trabajadoras, independientemente de la cantidad de horas o la modalidad de trabajo2.
  • El trabajo infantil está prohibido. Solo adolescentes de 16 y 17 años pueden trabajar bajo ciertas condiciones y siempre con retiro2.
  • Los salarios mínimos son de cumplimiento obligatorio para empleadores, y cualquier acuerdo individual no puede establecer montos inferiores a los fijados por la CNTCP146.
  • La falta de registración priva a las trabajadoras de derechos básicos y expone a los empleadores a sanciones legales y económicas
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