PUNTA ARENAS (ADNSUR) - En vísperas del recibimiento del 2021, vecinos de la población Carlos Ibáñez de Punta Arenas manifestaron su malestar con una habitante de la zona que presentó una bandera argentina en su vivienda. Allí señalaron que el izamiento de una bandera extranjera no se puede llevar a cabo, lo que generó el conflicto.

Esto fue corroborado por el abogado Juan José Arcos, que detalló que solo podría hacerse para ciertas fechas y con una serie de exigencias. Debido a que la Ley no ampara estos actos, solo se puede tener las banderas para fechas importantes, como los aniversarios patrios de los países, pero cumpliendo con una serie de normativas.

Punta Arenas: vecinos le negaron izar la bandera argentina para recibir el año nuevo

“El uso de banderas extranjeras está regulado por el decreto Ley 1534, que establece que las banderas extranjeras se pueden usar en tres circunstancias, esto es, para el 18 de septiembre, 21 de mayo y día de aniversario del país respectivo, pero deben ser izados con la bandera chilena, por ende no se puede usar una bandera sola, salvo que sea en una sede diplomática, como un consulado, o en una embajada", sostuvo.

"En el caso de que se vaya a izar la bandera extranjera, debe estar con la chilena y no puede ser más grande que la bandera chilena, además se necesitan que se cumplan con los requisitos, que es que tengas una fecha determinada como dije anteriormente”, señaló Arcos a Diario El Pingüino.

Cuando se le consultó a la vecina en cuestión sobre el izamiento de la bandera argentina, esta se mostró ofuscada y amenazó con tomar acciones legales contra el medio de comunicación presente en el lugar, considerando a su juicio que ella podía hacer lo que quería, ya que era su propiedad.

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