CAPITAL FEDERAL (ADNSUR) - El Gobierno nacional ajustó este lunes las medidas de prevención del coronavirus​ en el transporte público: determinó que a partir del martes los colectivos no podrán superar el 60% de ocupación. 

A través de una resolución 107/2020 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Transporte ratificó también el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para las personas que permanezcan o circulen en los servicios de transporte.

Por el lado de las empresas, deberán retirar las cortinas, visillos y demás elementos de tela que pudiesen retener el virus en su entramado, con excepción de aquellos usados en los tapizados de las butacas y laterales de los vehículos.

La resolución de Transporte remarca además que cada pasajero deberá portar el certificado de circulación que corresponda a su actividad, conforme la normativa vigente.

La resolución también anticipa que se encomendó al “Comité de Crisis Prevención COVID-19 para el Transporte Automotor” la elaboración de “un protocolo específico para los servicios de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre de Jurisdicción Nacional".

Desde el comienzo del aislamiento, el Gobierno fue dictando diferentes medidas complementarias con el objetivo de controlar el avance de la pandemia de coronavirus.

En ese sentido, "resulta necesario mejorar la frecuencia de los servicios, mediante una mayor utilización de la capacidad instalada del sistema de transporte, con el objeto de facilitar las condiciones de movilidad y evitar el aglomeramiento de personas en el transporte público", señala la resolución de este lunes.

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