CAPITAL FEDERAL (ADNSUR) - Este domingo, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional anunció la restricción de la compra de dólares, la obligación de exportadores de liquidar divisas y la autorización del pago de impuestos con bonos. A través de esta medida se busca lograr mayor estabilidad cambiaria y proteger a los ahorristas.

Entre los puntos de la disposición, se establece la posibilidad de que las entidades bancarias trabajen dos horas más cada día, para facilitar que quienes quieran acercarse a retirar los dólares depositados puedan hacerlo.

Esto no cayó bien a los trabajadores bancarios, que emitieron un comunicado en el que advierten que “la Asociación Bancaria mantendrá una reunión este lunes con las autoridades de las distintas cámaras empresarias” y que tras esa reunión, se fijará la posición del gremio respecto a la extensión horaria.

Comunicado oficial de "La Bancaria"
Comunicado oficial de "La Bancaria"

¿QUÉ PASA A PARTIR DE HOY LUNES?

- Nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas.
- No hay ningún impedimento al comercio exterior.
- No hay restricciones sobre viajes. 

Personas físicas 

- Las personas físicas no podrán comprar más de U$D 10.000 por mes.
- No podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de U$D 10.000 por persona por mes.

Personas Jurídicas

- Los exportadores tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities).
- No hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento.
- Las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.
 

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