TRELEW (ADNSUR) - En medio de la toma que llevan adelante los trabajadores de la empresa Sedamil, en el Parque Industrial de Trelew, la noticia cayó como un balde de agua fría. Desde Buenos Aires, y a través de un documento que llegó este viernes cerca de las 18 horas, se notificó a los más de 300 operarios sobre un plan de retiros voluntarios.

La implementación abarca a todos los empleados y tiene un plazo para adherir hasta el 22 de mayo. Este viernes, tras la asamblea en la fábrica había una mezcla de incertidumbre sobre el futuro y bronca con las decisiones que vienen desde Buenos Aires.

Según precisa Jornada, las posturas no eran unánimes, con algunos trabajadores dispuestos a acordar y muchos otros que rechazarían la propuesta. No obstante, todos coincidieron con que al no haber ninguna notificación a la sede en Río Grande (Tierra del Fuego), donde se produce la materia prima, la firma no cerraría definitivamente, sino que en todo caso avanzará con una reducción de personal para seguir funcionando, lo cual impactará nuevamente sobre un polo productivo que viene golpeado.

La compañía decidió implementar un Plan de Retiro Voluntario para el Personal de Planta Trelew, Planta Dorrego y Locales de venta al público de Sedamil SA, “motivado en la Pandemia y sus efectos a la Compañia, al contexto actual del mercado textil y del país y en consecuencia, a la necesidad de redimensionar todas las áreas al mínimo indispensable, dada la imposibilidad económica de mantenerlas en funcionamiento”, según detalla el documento al que accedió el diario del valle. 

El mismo se regirá por las siguientes pautas: “El personal comprendido serán colaboradores de todas las áreas que presten servicios en relación de dependencia en todos los establecimientos ubicados en las ciudades de Trelew, Córdoba y Buenos Aires. El mismo incluye a todo el personal que se encuentra en la nómina de Sedamil SA, de todas las áreas y localizaciones, en adelante denominados el/los trabajador/es”.

Se expresa asimismo que “la adhesión al presente plan es voluntaria y optativa para los trabajadores. El trabajador que adhiera a aquél, deberá comunicarlo por escrito antes del día 22 de Mayo de 2020 al Departamento de Recursos Humanos de Planta Dorrego/Trelew, según corresponda”.

En ese sentido, “se dispone del siguiente personal en forma exclusiva para contactos permanentes de consultas, dudas, simulación del monto del acuerdo desvinculatorio, etc: i. Andrea Galliano. Gerente de RRHH. ii. Vanesa Rodriguez. Coordinadora de Adm y Liq de sueldos. iii. Alejandro Eylenstein. Of de Adm y Liq de sueldos Trelew”.

A su vez, en el documento se informa que “vencido el plazo (para acogerse al retiro), el presente plan caducará de pleno derecho sin necesidad de comunicación alguna. La comunicación fuera de plazo no tendrá ningún efecto”.

El carácter será no vinculante: “La Empresa se reserva el derecho de aceptar o rechazar las adhesiones presentadas al Plan de Retiro Voluntario. La aceptación de una solicitud quedará sin efecto si el trabajador incurre en causal que justifique su despido sin derecho a indemnizaciones. La comunicación de las aceptaciones o rechazos serán informadas durante la vigencia de la inscripción al Plan y hasta el 29 de Mayo de 2020”.

Condiciones

Las condiciones para los trabajadores que adhieran a este Plan de Retiro Voluntario serán los siguientes:

Gratificación extraordinaria por cese: a. Opción 1: Igual a la liquidación final que por derecho correspondiera, mas una suma equivalente al 30% de las indemnizaciones por antigüedad (art. 245, LCT), preaviso (art. 232, LCT) y sueldo anual complementario sobre preaviso, para quienes opten por el pago de la misma en 1 cuota, haciéndose efectiva la misma a los 10 días corridos de la firma del referido acuerdo.

Opción 2: igual a la liquidación final que por derecho correspondiera, mas una suma equivalente al 65% de las indemnizaciones por antigüedad (art. 245, LCT), preaviso (art. 232, LCT) y sueldo anual complementario sobre preaviso, para quienes opten por el pago de la misma en 6 cuotas iguales y consecutivas, haciéndose efectiva la 1° cuota a los 10 días corridos de la firma del referido acuerdo y las restantes cinco cuotas a los 30, 60, 90, 120 y 150 días respectivamente.

Opción 3: igual a la liquidación final que por derecho correspondiera, mas una suma equivalente al 100% de las indemnizaciones por antigüedad (art. 245, LCT), preaviso (art. 232, LCT) y sueldo anual complementario sobre preaviso, para quienes opten por el pago de la misma en 12 cuotas iguales y consecutivas, haciéndose efectiva la 1° cuota a los 10 días corridos de la firma del referido acuerdo y las restantes once cuotas a los 30, 60, 90, 120, 150, 180, 210, 240, 270, 300 y 330 días respectivamente.

Pagos

Este viernes ya estaba acreditado el pago del beneficio del Gobierno Nacional para los trabajadores que ronda entre los $ 17.000 y los $ 20.000. Sin embargo, sigue vigente la deuda de las quincenas por parte de la empresa, lo que motivó que persista la toma del edificio.

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