Este lunes por la mañana, el Gobierno Nacional, a través del Decreto 282/2023 publicado en Boletín Oficial, oficializó el refuerzo para las jubilaciones y pensiones mínimas. 

Este incremento se suma al 21% que corresponde a la Ley de Movilidad y al aguinaldo. Se otorgará un refuerzo del ingreso previsional por un monto máximo de $15.000, $17.000 y $20.000 que se abonarán en junio, julio y agosto de 2023.

Asimismo, en el mes de junio se pagará el medio aguinaldo, por lo que un jubilado de la mínima percibirá $121.407

Además, quienes perciban una jubilación o pensión de hasta dos haberes mínimos también cobrarán un proporcional del refuerzo de hasta 5000 pesos. Así, una persona con ingresos de hasta dos jubilaciones mínimas, a partir de junio pasará a percibir $146.876 más el aguinaldo.

¿QUIÉNES PODRÁN ACCEDER?

🔸Titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES

🔸 Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias;

🔸 Beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de SIETE (7) hijos o hijas o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.

CÓMO SE COBRARÁN LOS $15 MIL DE JUNIO

El aumento será cobrado por los titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $70.938,24.

 El refuerzo será de $5.000 para aquellos y aquellas titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $80.938,24 y menor o igual a $141.876,48.

En junio, para los titulares que por la suma de todas sus prestaciones perciban más de  $70.938,24 y menor o igual a $80.938,24, el monto del refuerzo del ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria para alcanzar los $85.938,24. 

CÓMO SE COBRARÁN LOS $17 MIL EN JULIO

🔹 Será de $17.000 para los titulares que en la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes perciban un monto menor o igual a $70.938,24.

🔹 De $5.000 para titulares que por todas sus prestaciones vigentes perciban un importe superior a $82.938,24 y menor o igual a $141.876.48.

🔹 Para todos los titulares que con la suma de sus prestaciones perciban un importe superior a $70.938,24 y menor o igual a $82.938,24, el monto del ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria para alcanzar los $87.938,24.

🔹 Para los titulares que perciban un importe superior a $141.876,48 y hasta $146.876,48, el monto del ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma mencionada en segundo término.

Jubilados cobrarán un refuerzo en junio, julio y agosto: de cuánto será

CÓMO SE COBRARÁN LOS $20 MIL DE AGOSTO

🔸 $20.000 para los que cobren $70.938,24

🔸 $5.000 para los que perciban un importe superior a $85.938,24 y menor o igual a $141.876,48.

🔸 Para los que perciben un importe superior a los $70.838,24 y menor o igual a $85.938,24 el monto del refuerzo será equivalente a a cantidad necesaria para alcanzar los $90.838,24.

🔸Para los que perciban un ingreso superior a $141.876,48 y hasta $146.876,48, el monto del refuerzo será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma mencionada en segundo término.

PARA TENER EN CUENTA 

Para percibir el refuerzo de ingreso previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación.

En el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos y estas deberán ser considerados y consideradas como un único o una única titular a los fines del derecho al refuerzo de ingreso previsional que se otorga por el presente decreto.

 El refuerzo de ingreso previsional que se otorga por el presente decreto no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto

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